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Política & Economía Nacional

La criminalización de la protesta no se bajó de la Ley Ómnibus.

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Advierten que el nuevo texto sobre Seguridad sigue siendo “alarmante”

“Puede haber existido una mala interpretación, denlo por retirado”, había anticipado la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, sobre el artículo 331 de la Ley Ómnibus que proponía calificar como “manifestación” a la congregación de más de tres personas. Entre las modificaciones que el Gobierno aceptó, en negociación con la oposición amigable, se confirma la quita de ese artículo, pero el capítulo de “Seguridad Interior”, entre el artículo 326 y el artículo 344, quedó intacto con propuestas que criminalizan el derecho a la protesta, ordenan pedir permiso al Ministerio de Seguridad para cualquier movilización y habilitan a las fuerzas de seguridad a disparar por la espalda, bajo argumentos como la “obediencia debida”. 

“Se elimina el articulo 331 para evitar interpretaciones incorrectas sobre el corte.” Esa es la única modificación que figura en el nuevo texto en materia de “Seguridad”. En el proyecto original el Capítulo I se denomina “Seguridad interior” y tiene tres secciones: “Organización de las Manifestaciones”, “Atentado a la resistencia y la autoridad”, y “Legítima defensa”. 

Las tres secciones están coordinadas para criminalizar la protesta con el aumento de penas –que dejarán de ser excarcelables– para quienes protestan en la vía pública y  incorporación de la figura de “organizador”, que habilita la imputación de una persona aunque no haya participado de la manifestación.  Y, al mismo tiempo, blindar el uso de la fuerza contra los manifestantes incrementando las penas de la figura de “resistencia a la autoridad” y habilitando la “legítima defensa”. 

En caso de que la oposición amigable acompañe el nuevo texto del Gobierno en un dictamen de mayoría y luego con su voto en la Cámara de Diputados, estará avalando todo este andamiaje de modificaciones legales sobre los que organismos de derechos humanos como el CELS y la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) pusieron en alerta a los legisladores tanto en el debate en comisiones como con documentos de análisis que llegaron a los despachos. 

Propuesta de régimenes totalitarios

La sección I dedicada a la “organización de manifestaciones” es la que contiene el tan mencionado artículo 331, pero entre el artículo 326 al 341, la sección propone otros cambios alarmantes que quedaron intactos. Se trata de modificaciones al artículo 194 del Código Penal, a la incorporación de un artículo bis; y a la modificación de Ley Nacional de Tránsito. 

“La modificación del artículo 194 del Código Penal y la incorporación del 194 bis, amplia los sujetos alcanzados por estos, que ya no serán solo quienes marchan. Los organizadores y coordinadores de una marcha, las personas que difunden la convocatoria, quienes trasladan a la gente, quienes provean material logístico, los que pasen lista o registren por cualquier medio el evento, serán también alcanzados por el castigo penal”, advirtió la CPM en un documento de 60 páginas enviado a los diputados y diputadas. 

Según el CPM, la posible aprobación y aplicación de estas modificaciones “produciría graves restricciones de derechos fundamentales en nuestro país, al ya mencionado de peticionar a las autoridades, se suman el de reunión pacífica y de libertad de expresión, derechos que se encuentran protegidos de cualquier injerencia arbitraria del Estado en la Constitución Nacional”.

Por su parte, el CELS calificó de propuestas de “regímenes totalitarios” a las modificaciones impuestas en la Ley Ómnibus para lograr que “la protesta social deja de ser entendida como parte de la vida democrática, y pasa a ser un delito contra el orden público al que el Estado responde con un abordaje penal y sancionatorio”. 

“El proyecto no tiene referencias a la protección de derechos de quienes se manifiestan. Por el contrario, lo que busca es imponer múltiples restricciones que amplían la posibilidad de criminalizar manifestantes, referentes y organizaciones”, denunció el CELS. 

Además de incrementar las penas para las personas que realizaran protestas con cortes de tránsito y la creación de la figura de “organizador”; el CELS advierte que “la gestión de todas las tareas queda a cargo del Ministerio de Seguridad, porque las protestas son evaluadas como afectaciones al orden público y la seguridad más que como expresión de conflictos sociales que deben abordar otras agencias del Estado”.

Los artículos que habilitan el uso excesivo de la fuerza policial

Tanto el CPM como el CELS incorporan como parte de un mismo objetivo de criminalización de la protesta las otras dos secciones que quedaron intactas tras la negociación con la oposción amigable, y son las que modifican la “resistencia a la autoridad” y la “legítima defensa”, expresadas en los artículos 342, 343 y 344 del proyecto de ley original.   

En los dos primeros artículos del proyecto oficial se propone suprimir modificar los artículos 237 y 238 del Código Penal, agravando las penas del delito de atentado y resistencia a la autoridad. La escala penal anterior de 6 meses a 2 años de prisión, pasa a ser de 4 a 6 años, lo que implica que deja de ser un delito excarcelable. Para incrementar la pena de 4 a 6 años, el Gobierno vuelva a utilizar la figura de “si el hecho se cometiere por una reunión de más de tres personas”, que quitó en el repetido artículo 331. 

El CELS señala que, en la práctica, significaría la modificación de estos artículos que regulan una figura penal que suele ser utilizada “para detener a personas de manera arbitraria”. “Con los agravantes del proyecto, ahora podrían quedar detenidas. En estos casos la única prueba generalmente es el testimonio policial. Con el aumento de la pena y un estándar probatorio tan bajo, lo que sigue es la convalidación de causas armadas“, alertó el organismos de derechos humanos. 

Respecto de la última sección, sobre “legítima defensa”, el CPM indicó que al ampliar los márgenes con los que la ley considera “cumplimiento del deber de los agentes”, modifica uno de los elementos constituyentes de la legítima defensa, que es la proporcionalidad. 

“Esto instituye que la proporcionalidad del medio empleado en la legítima defensa debe ser interpretada siempre en favor de quien actúa en cumplimiento de un deber, autoridad o cargo. Es decir que, en caso de duda, se debe favorecer al agente que decidió disparar al presunto agresor, para eximirlo de responsabilidad penal”, señaló el organismo bonaerense sobre una de las modificaciones que las negociaciones de la oposición amigable podría dejar pasar. 

En tanto, desde el CELS señalaron que “a contramano de la normativa internacional, las policías y fuerzas de seguridad en lugar de tener una responsabilidad agravada por portar un arma de fuego tendrán una inmunidad especial”. Por último, el organismo de derechos humanos señaló que el texto propone, además, que las víctimas de violencia institucional y sus familiares pierdan sus derechos a demandar justicia, reparación o sanción, si se presume que la persona asesinada estaba cometiendo un delito. 

Se trata del inciso 7 de la modificación propuesta al artículo 34 del Código Penal sobre “legítima defensa”, en el que se propone que: “Quien comete un delito, aun en grado de tentativa, así como sus parientes, en caso de fallecimiento, carecen de acción para querellar o demandar a quien hubiera repelido la acción o impedido la huida”. 

 “Este tipo de reforma penal no impacta en la reducción del delito, pero sí en el aumento de la violencia”, sostiene el CELS. 

@Página12.

/Imagen principal: Guadalupe Lombardo/

Política & Economía San Juan

Con testimonios de sobrevivientes, Gobierno conmemora a la tripulación del ARA General Belgrano

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En la Guerra de Malvinas, el 2 de mayo de 1982, un submarino nuclear británico produjo el hundimiento del crucero Belgrano. Murieron 323 tripulantes, 21 de ellos eran sanjuaninos.

El Ministerio de Gobierno rinde homenaje a los 1093 tripulantes del crucero General Belgrano en el 42° aniversario de su hundimiento, con un breve repaso de testimonios de tres sobrevivientes sanjuaninos. José Reinaldo Díaz, Santiago Rogelio Álvarez y Néstor Ortiz.

Fueron 21 sanjuaninos los que perdieron la vida, de un total de 323 tripulantes caídos por el ataque al crucero por parte del submarino nuclear británico HMS Conqueror.

Diaz José Reinaldo – 62 años

En guerra tenía 19 años – Personal retirado de la armada

“Después de la guerra estuve dos años internado, traté de suicidarme, en los 80 me pasaron a retiro”.

“Me costó mucho conseguir trabajo. Fueron años muy difíciles para mi. Actualmente después de muchos años podemos decir que los ex combatientes estamos mejor. Hoy me dedico a disfrutar de mi familia. Damos charlas en escuelas y en lugares donde se requiere nuestra presencia. Tratamos de ir a los desfiles que se realizan en el año. La agente nos respeta muchísimo”.

“A veces nos piden una foto o una firma y yo me siento mal porque los verdaderos héroes son los que quedaron allá, nosotros somos combatientes todavía. A la vez te pone feliz que la juventud esté interesada por Malvinas. Han pasado 42 años y sigue viva como si fuera el primer momento”.

Santiago Rogelio Álvarez – 72 años

  • En el Crucero ARA General Belgrano cumplió funciones como Cabo Primero Sistema de Armas Control y Tiro – División 11
  • Recibió medalla de Honor de la Armada Argentina, el reconocimiento del Senado, el reconocimiento por los 42 años de la gesta de Malvinas.
  • Ciudadano Ilustre de la Ciudad de Chimbas

“El retorno tiene dos facetas. Yo volví a Caucete, el 7 de mayo, era una ovación, toda la gente aplaudiendo, gritando “Viva la Patria”, eso te enaltece pero la situación mía en particular yo estaba mal anímicamente, no quería compartir mucho con la gente, estaba internamente destruido”.

“Después de unos 13 días de licencia volví a mi destino, a Puerto Belgrano, el crucero había desaparecido y a partir de mi dan un pase a la base Aeronaval Punta Indio. Cuando el conflicto termina nos vuelven a dar licencia para volver a nuestras casas y ahí comenzó la segunda faceta. Nadie nos hablaba y éramos desconocidos para la sociedad y eso fue durísimo, el momento en el que más necesitábamos apoyo para levantarnos el ánimo y la moral la sociedad nos dio la espalda”.

“Estuve 4 años en la armada y luego vino la baja voluntaria. Pensé que como era veterano de guerra de Malvinas, iba a conseguir trabajo rápido al menos en los estamentos de Gobierno. Lamentablemente estuve casi dos años presentando currículum y nadie me tomó para trabajar. Conseguí trabajo en la industria en el año 1986 y de ahí comencé a trabajar en el orden privado”.

“Esta experiencia queda para siempre, hay que tratar de aprender a vivir con ello acompañándote siempre. Tener recuerdos no es malo, lo que es malo es vivir en el recuerdo”.

Néstor Ortíz – 64 años

“En la provincia fue muy lindo el recibimiento en nuestro regreso, cuando llegamos a la terminal estaba lleno de amigos, familiares, una multitud. Fue diferente a cuando volvimos a Puerto Belgrano, donde no tuvimos contacto con nadie, fue un recibimiento tosco, como con bronca”.

“Nos costó muchísimo conseguir trabajo. Yo me sentía contento de decir que estuve en la Guerra de Malvinas, pero después no quise que la gente supiera porque donde íbamos a pedir trabajo la gente nos miraba raro, éramos los “locos de la guerra”, y en realidad éramos personas normales con la diferencia que habíamos estado en un conflicto bélico. Después de peregrinar por mucho tiempo, entré a Salud Pública y estuve 25 años en el viejo Servicio de Urgencias, y me jubilé por estrés post-traumático”.

“Espero que se reconozca más la causa de Malvinas, no tanto por nosotros sino por los caídos, hay que malvinizar desde los colegios primarios y secundarios, contar la verdadera historia de lo que nos pasó en Malvinas. Si el día de mañana me golpean la puerta y me dicen que tengo que ir otra vez a defender la Patria, ni lo pienso. Agarro un bolso y ya estoy listo para ir”.

@SiSanJuan.

/Imagen principal: SiSanJuan/

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Política & Economía Nacional

Sin buen rendimiento en plazo fijo y dólares. ¿En qué invierte el pequeño y mediano ahorrista?

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El dólar viene con tendencia bajista en Argentina y el Banco Central (BCRA) ya implementó cuatro bajas de tasas de política monetaria desde que asumió el actual gobierno, lo que repercute a negativamente en el rendimiento del plazo fijo. Así, el instrumento de inversión más atractivo para el ahorrista pequeño habían pasado a ser los depósitos UVA, pero la desaceleración inflacionaria parece cambia el planteo de juego. ¿En qué conviene poner los pesos ahora?

En ese contexto, el experto en finanzas y gurú de la city Salvador Di Stefano, señala que “el dólar ya no es objeto de deseo“. Y es que indica que el Gobierno está jugado a pisar el tipo de cambio y, en consecuencia, señala que, “desde que asumió Javier Milei a hoy, subió apenas un 3%”.

En números precisos, en lo que va de 2024, el dólar blue escaló 1,5%, el MEP subió 4,8% y el Contado Con Liquidación (CCL) 12,2%. Eso, contra una inflación acumulada cercana al 60% hasta abril, lo que deja a la moneda estadounidense como un instrumento de ahorro que pierde contra la dinámica de los precios de la economía.

Dólar vs plazo fijo tradicional y UVA

Asimismo, Andrés Reschini, analista de F2 Soluciones Financieras, apunta que La suba de los dólares alternativos no llega al 1,5% en lo que va del mes. “Podemos pensar en que, en mayo, con la llegada un mayor volumen de cosecha gruesa, si no tenemos sorpresas desde la política, clima social y frente externo, los FX alternativos no se vean atractivos”, anticipa.

Depositphotos

Por otro lado, el plazo fijo tradicional en los bancos ofrece una tasa del 50% anual en algunos casos, que probablemente vuelva a bajar. Eso equivale a un rendimiento efectivo mensual del 4,2%, muy por debajo de la inflación de marzo, que fue del 11%, y más todavía comparada con la esperada para abril, que estará entre el 8% y el 10%, según las expectativas.

Recordemos que la última vez que el BCRA modificó las tasas fue hace pocos días y la ubicó en el 60% nominal anual (TNA), muy por debajo del 133% que recibió de la anterior gestión. Así, los bancos acomodaron su oferta de rendimiento del plazo fijo para los ahorristas y ahora brindan entre un 50% y un 60% anual, aunque, en algunos casos, están incluso por debajo de ese rango y llegan al 40% porque esperan más bajas hacia adelante.

¿Plazo fijo tradicional, en el corto plazo?

Así, tal como plantea la economista Elena Alonso, “en el corto plazo, el plazo fijo es más conveniente que el dólar, porque no le gana a la inflación, pero reporta una renta del 5% mensual“. Sin embargo, señala que, “en el corto plazo, hay mejores opciones, como las cauciones bursátiles, las billeteras virtuales y los fondos de inversión”.

En consecuencia, si el plazo fijo UVA tiene la contra de que es a 180 días, Di Stéfano considera que, “de las tres, es la opción ganadora porque permite protegerse de la inflación y da un punto anual adicional”.

Sucede que Reschini explica que “los PF UVA que ajustan por CER tienen a favor que este índice corre con atraso y, en un contexto de inflación decreciente, con tasas negativas, cuentan con ventaja”. De hecho, informa que, en abril el stock de PF UVA no solo detuvo la caída que mostraba en marzo, sino que comenzó a crecer y al 24 de abril acumulaban un incremento del 11,6%, muy similar al crecimiento que mostraron los PF tradicionales para el mismo período (en términos nominales).

Dónde poner los pesos con la baja del dólar, la tasa y la inflación

Sin embargo, para Alonso, “en el actual contexto de inflación desacelerando, no es tan conveniente el plazo fijo UVA”. Considera que es mejor pensar en otro tipo de inversiones, como un fondo común de inversión, bonos soberanos, activos que sigan al dólar y/o carteras de acciones. “Si bien son más volátiles, dan posibilidad de tener más rendimientos”, opina la economista.

Así, para ella, si bien hace unos dos meses un plazo fijo UVA era una opción interesante, ya no es tan buena. Sin embargo, hay consenso entre los analistas en que, si no se requiere en el largo plazo disponer del dinero, es una opción que, por el momento, parece más conveniente que el dólar y el plazo fijo tradicional.

@Ámbito

/Fuente de imagen: Ámbito

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Política & Economía Nacional

Salario mínimo: no hubo acuerdo y el Gobierno volverá a definir los aumentos por su cuenta

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Según fuentes de la Secretaría de Trabajo, en los próximos tres días hábiles, debería publicarse el laudo con los nuevos valores.

La reunión del Consejo del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) finalizó sin acuerdo y deberá volver a definir la Secretaría de Trabajo a través de un laudo el nivel de ajuste que llevará a cabo.

Los actuales $202.800 con base de marzo son producto de la decisión unilateral del gobierno de Javier Milei de otorgar un aumento y volverá a ocurrir lo mismo para los próximos tres meses.

Según fuentes de la Secretaría de Trabajo, en los próximos tres días hábiles, debería publicarse el laudo con los nuevos valores.

La CGT y las dos CTA pugnaban por un ajuste de hasta 80% del SMVM, contra un 8% de mayo y 5% en junio que propusieron las centrales obreras. Ante tanta diferencia, no hubo acercamiento posible y deberá decidir el Gobierno.

Hugo ”Cachorro” Godoy, secretario general de la CTA Autónoma, se expresó mediante su cuenta de X (antes Twitter): “Las tres centrales sindicales unificamos las propuestas en $377.000 para el mes de abril que equivale un 80% de aumento y para estar por encima de la canasta de la indigencia. Sin embargo, los empresarios propusieron insólitamente un aumento del 8% para el mes de mayo y un 5% para junio”.

“Como no hubo acuerdo, el gobierno y los empresarios de la UIA, la CAME y la Sociedad Rural impidieron el pleno funcionamiento del Consejo y obligaron a un final bochornoso en el cual el gobierno decidirá, una vez más por decreto, y seguramente en contra de los intereses de los trabajadores“, agregó.

El monto que solicitan las centrales obreras busca dejar el Salario mínimo por encima de la canasta de indigencia. En cambio el Gobierno, podría aplicar aumentos en base a las inflaciones proyectadas, lo cual sería un monto mucho mas cercano a los deseos de las centrales empresariales.

El Consejo reúne a los representantes sindicales y de las cámaras empresariales, entre quienes se encuentran dirigentes de la CGT y la CTA y empresarios de la Unión Industrial Argentina (UIA). La definición del nuevo piso salarial sirve como referencia para el salario inicial docente, además de ser un indicador para el trabajo informal y para actividades que no están sindicalizadas en jornadas laborales de ocho horas.

El último encuentro fue el 15 de febrero, momentos en que el SMVM se encontraba en $156.000, valor fijado durante la administración de Alberto Fernández. El encuentro no llegó a buen puerto y el incremento fue establecido por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU).

En aquel entonces, la CGT emitió un duro comunicado, en el que acusó a la administración de Javier Milei de “hacer fracasar” la reunión. “Rompiendo una larga tradición de diálogo social tripartito y acuerdos colectivos en el ámbito del Consejo del Salario en nuestro país, el gobierno impidió el normal desarrollo de la reunión”, consignó el documento.

El salario mínimo, vital y móvil cayó más del 34% desde que asumió Javier Milei

El salario mínimo, vital y móvil muestra un descenso muy fuerte desde la asunción de Javier Milei como presidente a hoy y su valor, que se había fijado para el mes de diciembre, quedó absolutamente por debajo del aumento de precios del 25,5% de ese mes, pero, a su vez, cuando se convocó tardíamente al Consejo de Salario, resultó claro que no había pretensiones por parte del gobierno de recuperar el poder de compra perdido.

La Secretaría de Trabajo definió allí una suba total de 30% en tramos, según un informe del Centro de Investigación y Formación (CIFRA) de la Central de los Trabajadores de la Argentina (CTA), hizo que el salario profundizara su caída “ante la inédita ausencia de propuestas por parte de la representación empresaria en dicho Consejo”.

Los salarios aumentan por detrás de la inflación

El Salario Mínimo se fijó en $202.800 desde marzo y, de este modo, entre noviembre de 2023 y abril de este año, aumentó nominalmente 38,9% frente a una inflación que puede estimarse en más de 110%. “Se consumó así en pocos meses una reducción real de 34,1%”, informa el CIFRA.

Dadas las reducciones previas que ya habían tenido lugar, en abril de 2024 el poder adquisitivo del salario mínimo se ubica 44,7% por debajo del nivel que tenía en noviembre de 2019, al final del gobierno de Cambiemos, y 57,7% por debajo del de noviembre de 2015.

@ámbito

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