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Sociedad Sucesos

Argentina es el segundo país de América Latina con más delitos por ciberacoso infantil.

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Los datos del informe publicado por UNESCO a propósito del “Día internacional contra la Violencia y el Acoso en la Escuela, incluido el Ciberacoso”, que se conmemora este jueves, muestran que los hechos de violencia en línea se incrementaron casi un 50% durante los últimos 18 meses como consecuencia de la pandemia.

El estudio realizado entre el 1 de septiembre y el 1 de octubre incluye estadísticas oficiales del Ministerio de Justicia sobre delitos informáticos en todo el país y entrecruza datos de organismos nacionales e internacionales de lucha contra el acoso virtual.

También se realizó una investigación cuantitativa con encuestas telefónicas sobre un total de 2.654 casos de familias con hijos de entre 5 y 15 años, docentes de nivel primario y secundario.

La directora ejecutiva del Cipdh-Unesco, Fernanda Gil Lozano, señaló que “en lo que va del año ya se registraron alrededor de 6.000 denuncias por ciberacoso, con un promedio de 25 causas judiciales abiertas por día a lo largo y a lo ancho del país”.

Si se tienen en cuenta las denuncias realizadas desde 2012, la cifra asciende a casi 30.000, indicó el texto.

De estos datos se desprende que Argentina ocupa el segundo lugar de América Latina, sólo por detrás de México, y luego se ubican Honduras, Costa Rica y Chile. En tanto, Brasil ocupa el sexto puesto, Perú el séptimo y Uruguay el octavo lugar.

El relevamiento también alertó que “el 90% de las víctimas reconocen que el asedio se da de manera cotidiana y que el hostigamiento, casi siempre, se perpetua durante varios meses”, y agregó que “el 60 % de los hechos no son denunciados en tiempo y forma por vergüenza o por falta de información”.

“El mayor acceso obligado a la tecnología que produjo el aislamiento devenido de la pandemia por coronavirus produjo que muchos menores de edad permanecieran muchas horas ante los smartphones, las tablets o computadoras, lo que produjo también una notable exposición frente a este tipo de delitos”, explicó Gil Lozano en un comunicado.

A su vez, el estudio reveló que “el 86,7% de los casos se corresponden con grooming y pornografía infantil, perpetrados por pedófilos que aprovechan la tecnología para establecer contacto con menores desde perfiles o cuentas falsas”.

Respecto a las medidas para prevenir la violencia en línea, la directora ejecutiva del Cipdh-Unesco expresó que “si bien es fundamental el rol de los padres para luchar contra estos delitos”, también “el sistema educativo tiene una misión fundamental ante esta problemática, con la obligación de abordar las cuestiones de seguridad en Internet, de ciudadanía digital y de utilización de tecnologías”.

“Los colegios deben brindar a los niños, niñas y jóvenes las capacidades y conocimientos necesarios para identificar la violencia en línea y protegerse contra las diferentes formas en que puede presentarse, ya sea por parte de sus compañeros o de los adultos”, concluyó.

Otro dato saliente indicó que el 80% de las víctimas de bullying virtual son niñas, a diferencia de lo que ocurre con el hostigamiento presencial, en donde el 60% se corresponde con varones.

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Becas Progresar: extienden plazo de inscripción.

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La Dirección de Jóvenes y Adultos informa que hasta el 17 de mayo, se extiende el plazo de inscripción en las becas Progresar Obligatorio y Progresar Superior que incluye Enfermería, dependiente de la Secretaría de Educación.

La edad para acceder al beneficio varía según la línea de beca:

Progresar Obligatorio, los estudiantes deben tener entre 16 y 24 años.

Progresar Superior, entre 17 y 24 o hasta 30 si están avanzados en la carrera (para Enfermería no hay límite de edad).

Progresar trabajo

La inscripción permanece abierta hasta noviembre, los interesados, deben tener entre 18 y 24 años, ampliándose a 40 para quienes no poseen trabajo formal registrado. En todas las líneas, pueden inscribirse aspirantes de hasta 35 años de edad si tienen hijos menores de 18 a cargo y pertenecen a hogares monoparentales.

Los postulantes para inscribirse deben ingresar a la web Progresar: https://www.argentina.gob.ar/educacion/progresar

Requisitos:

* Los ingresos del grupo familiar de los aspirantes no deben superar tres veces el Salario Mínimo Vital y Móvil vigente en Argentina. También deberán acreditar la asistencia regular a una institución educativa y cumplir con los avances académicos que solicita cada línea. Los beneficiarios de la beca Progresar cobrarán 12 cuotas mensuales que sumarán un total de $240.000.

*En el nivel obligatorio la trayectoria no debe verse interrumpida. La asistencia a clase será monitoreada en 3 certificaciones anuales; un registro negativo de presencialidad podría significar la suspensión de la beca.

*Los estudiantes deberán realizar un curso de orientación vocacional y laboral de carácter obligatorio. Tendrá una duración de dos meses y se organizará en módulos autoasistidos. El cobro de la beca estará sujeto a su realización.

* Beca de Nivel Superior para estudiantes avanzados, se pasará del requisito mínimo de 2 materias del año anterior aprobadas al requisito de 50 % de materias del año anterior aprobadas. Pero habrá una distinción entre quienes tuvieron beca en 2023 y quienes la solicitan por primera vez. Quienes tuvieron beca en 2023 y no alcanzan el 50 % de materias aprobadas según el plan de estudios de ese año, podrán aplicar al programa. Sin embargo, si son adjudicados, percibirán la cuota de transición establecida para 2024, que será un 80 % del monto mensual de la beca.

Por mayor información o consultas, comunicarse al 4305747 y 4305866 en horario de 8 a 12:30

@MinisteriodeEduacion

/Fuente de imagen: Ministerio de Educación

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Prepagas: una decisión judicial complicó la devolución de dinero a los afiliados.

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La devolución de fondos por parte de las prepagas a los afiliados se puede alargar. Es que la demanda que impulsó el Gobierno contra el aumento desmedido de las cuotas de las prepagas sufrió un revés en las últimas horas cuando la jueza en lo civil y comercial federal Mercedes Maquieira decidió cambiar de manos el expediente.

Sostuvo que la Superintendencia de Seguros de Salud actuó en nombre de los afiliados y remitió el caso a un proceso colectivo que impulsaron muchos ciudadanos comunes contra el DNU de Javier Milei. 

Fue el DNU el que permitió los aumentos en las cuotas. Lo insólito de la situación es que, ahora, el propio Ejecutivo que habilitó la desregulación litigará, en un mismo proceso, junto a los afectados y contra las empresas que defienden esas subas.

El Gobierno pretendía que, en el marco de un amparo contra 16 empresas de medicina prepaga -las más importantes del mercado como OSDE, OMINT, Galeno, Swiss Medical, Medicus, Sancor-, “con carácter urgente” se les ordenara a esas empresas dejar sin efecto “en forma definitiva los aumentos desmedidos en las cuotas” y que “solo se permita un eventual incremento” según un índice que establezca el tribunal. 

También se buscaba “la devolución y/o reintegro de las sumas que han sido indebidamente percibidas por éstas a la fecha”.

La sugerencia oficial, que receptaron tribunales en amparos individuales, aludía a permitir subas de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor (IPC). 

Varias empresas salieron a defender en la causa los aumentos: no solo cuestionaron la legitimidad de la SSS para actuar, sino que afirmaron que lo que el Gobierno pretendía, en oposición a “la libertad” que fijó el decreto, era la derogación judicial de lo dispuesto por el propio DNU.

La jueza entonces le pidió a la fiscalía que opinara sobre la competencia en el caso “en razón de la materia, el territorio y el grado, como asimismo en función de los procesos colectivos que se encuentran en trámite vinculados a la cuestión aquí debatida”. 

Con un guiño a la jueza, el fiscal Rafael Espínola advirtió que el “análisis de tales aspectos involucra, sin margen de duda, una evaluación por parte de V.S. de los alcances de la acción en trato, definiendo si la misma encuadra o no como proceso colectivo”, pero no opinó al respecto porque es “materia excluyente del Magistrado que interviene”.

Al analizar la cuestión, la jueza Maquiera sostuvo que “queda a la vista que, aun cuando la demanda no ha sido formalmente presentada como una acción colectiva, la pretensión formulada reúne todos los requisitos necesarios para ser considerada como tal”. 

Y subrayó: “la Superintendencia de Servicios de Salud no reclama en función de un derecho que le es propio, sino para tutelar los de los millones de afiliados a las empresas demandadas, que ‘…componen aproximadamente el 94,66% del padrón de usuarios del sistema de salud’. De esta manera, la acción es promovida por la actora como órgano de fiscalización de las entidades de medicina prepaga, en virtud de cuyo rol se encontraría obligada a accionar ‘…para la preservación irrestricta de los derechos de los usuarios’” que resultaron perjudicados.

Según la magistrada, “debe tenerse en cuenta también que los bienes que se encuentran involucrados en el litigio -y en virtud de los cuales se acciona- revisten un claro carácter colectivo”. Y añadió que en la demanda del Ejecutivo se hace referencia a que el accionar de las demandadas “…agravia constitucionalmente EL DERECHO A LA SALUD…”. En función de ello, y en base a jurisprudencia de la Corte Suprema, la jueza sostuvo que la demanda impulsada por el Gobierno es un actor más del proceso colectivo.

Y recordó que ya existe una demanda colectiva que impulsaron afiliados a prepagas contra el DNU de Javier Milei: la causa “Wilson, Eduardo Santiago c/ Estado Nacional Poder Ejecutivo Nacional s/ amparo” que busca que se declare “la inconstitucionalidad de los arts. 267 y 269 del Decreto de Necesidad y Urgencia DNU 70/2023?. 

Aquella acción de amparo fue promovida por el ciudadano Eduardo Santiago Wilson, en su carácter de asociado directo de Swiss Medical S.A., que entendió que el Poder Ejecutivo Nacional ha excedido, en forma arbitraria y manifiestamente ilegítima, sus facultades previstas en el artículo 99, inciso 3), de la Constitución Nacional, sin existir la necesidad y urgencia que en este se requieren al efecto.

El juez Juan Rafael Stinco abrió el 29 de diciembre pasado “el proceso colectivo no susceptible de división, puesto que lo que se persigue es el restablecimiento de funciones de contralor a un organismo especializado (la Superintendencia de Servicios de Salud), lo cual -según indica el Sr. Juez- ‘no puede ser declarado para algunos afectados y rechazado para otros, es decir actuales usuarios y los futuros o potenciales interesados en tales servicios’”.

“Se puede concluir que entre la causa colectiva ‘Wilson’ y estas actuaciones existe una sustancial semejanza en la afectación de los derechos de incidencia colectiva, lo que determina que ambos expedientes deban tramitar de manera conjunta ante un mismo magistrado para evitar el escándalo jurídico que implicaría el dictado de sentencias que sean contradictorias entre sí. Llego a esa conclusión no sólo porque en ambos procesos se busca tutelar a ‘la salud’ como bien colectivo e indivisible, sino también porque, si bien el objeto de uno y otro expediente difieren en cuanto a su formulación, coinciden en cuanto a su finalidad”, dijo la jueza.

@DiarioLaProvincia

/Fuente de imagen: DiarioLaProvincia

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El Centro de Salud René Favaloro ya cuenta con un aparato clave para agilizar la atención de pacientes

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El gobernador Marcelo Orrego estuvo en el lugar para ver de primera mano el flamante Eco Doppler que podrá asistir a más de 1.500 personas que antes eran derivadas al Hospital Rawson.

En la jornada de este martes 30 de abril, el gobernador Marcelo Orrego visitó el Centro de Salud René Favaloro para presenciar la puesta en marcha de un equipo de alta complejidad, que por gestiones del Gobierno de San Juan, se pudo destrabar en aduana.
Se trata de un Eco Doppler y que, junto al aparato llegó días atrás al Hospital Marcial Quiroga, viene a mejorar sustancialmente la asistencia sanitaria de los sanjuaninos.

En este contexto, el gobernador expresó que “este equipo servirá para completar los estudios ecográficos que se les pide a los pacientes.
De esta manera se podrán realizar Eco Doppler tres veces a la semana para poder ofrecer el servicio para la demanda que existe, que es mucha”.

Cabe destacar que en el CARF se atienden 5 mil pacientes promedio, anualmente, en cardiología. De ellos, el 30%, es decir a 1500 pacientes, se les solicita un ecocardiograma. Hasta ahora, para esto, las personas eran derivadas al Hospital Guillermo Rawson. Por lo tanto, el impacto que tiene esta medida es muy beneficioso para estos pacientes y para descentralizar también la atención de ese centro de salud.

El gobernador agregó: “Poder estar hoy aquí celebrando la puesta en funcionamiento de este equipamiento de última tecnología nos permite dar buenas noticias y decirle una vez más a los sanjuaninos que gestionamos todos los días como mejorar la salud, la seguridad, la educación como servicios esenciales que son cada una de ellos.

Por otro lado dijo que “mejorar los sistemas de atención como lo fue el lanzamiento de CIDI, el asistente virtual para la atención de turnos en los centros de salud y hospitales, entre otros servicios, nos pone orgullosos.
Vamos a seguir trabajando por este camino que es el que me ha encomendado cada uno de los sanjuaninos”.

En este contexto, el ministro Amilcar Dobladez dijo: “Se suma este aparato a la ecografía abdominal y mamaria que ya se venía haciendo acá en el CARF y esto nos va a permitir evitar la derivación de 1500 pacientes al año que se estaban derivando al Hospital Rawson. Esto servirá para agilizar la atención y descongestionar los hospitales”.

De esta actividad participó además la directora del CARF, Sandra Patricia Brizuela y el intendente de Rawson, Carlos Munisaga.

@SiSanJuan.

/Imagen principal: SiSanJuan/

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