Las acciones de Satellogic Inc. (NASDAQ: SATL) registraron un notable aumento de casi 30%, impulsadas por anuncios clave que destacan el crecimiento de la empresa en el sector de análisis de datos satelitales.
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Un capítulo más en la historia del Correo Argentino.
A través de las redes sociales, el expresidente Mauricio Macri instó a la magistrada a rechazar la posición expresada por la Procuración del Tesoro de la Nación.
El expresidente escribió en su cuenta personal de Twitter que espera que la jueza que interviene en el concurso de acreedores del Correo Argentino S.A., Marta Cirulli, rechace la posición expresada por la Procuración del Tesoro de la Nación (PTN) que desestimó la oferta de la empresa del Grupo Macri y reclamó que se decrete la quiebra de esa firma.
“Espero que la jueza Cirulli rechace ese abuso militante y acepte la propuesta del pago del 100% (de la deuda)”, sostuvo el exmandatario en un mensaje en el que además calificó de “atropello” la postura de la PTN, que encabeza Carlos Zannini, de desestimar la oferta de la empresa de los Macri por considerar que representa una quinta parte de lo que en realidad debe la firma.
El Correo Argentino S.A. ofreció pagarle al Estado, de una sola vez y como toda deuda, 1.011 millones de pesos: la cifra representa bastante más que los 296 millones, a pagar en cuotas, que estuvo dispuesto a aceptar el gobierno de Macri pero mucho menos de los más de 5.000 millones que reclama la PTN.
Cuando se rechazó la última oferta de la empresa de los Macri, Zannini remarcó que la instancia del salvataje no está prevista para generar mayor litigiosidad y por ello reclamó la quiebra de la firma, lo que podría generar que otras empresas de ese holding, como SOCMA, deban hacerse cargo de las deudas.
El expresidente Macri afirmó en el mensaje que escribió en redes sociales que si la jueza acepta la oferta rechazada por varios de los acreedores más importantes del Correo Argentino S.A. “se evitará un perjuicio al Estado y la persecución ilícita a mis hermanos e hijos, que es su plan de venganza”, dado que él los colocó como accionistas de SOCMA en 2009.
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ARCA ex AFIP derogó la norma que creó la categoría influencer por la que echaron a Florencia Misrahi
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) derogó la normativa N° 5607/24 publicada la semana pasa en el Boletín Oficial y que fue motivo de la salida de quien era la titular del organismo hasta el sábado, Florencia Misrahi.
Y es que tal como informó Ámbito, uno de los motivos que tensionaron la conducción de Mizrahi frente al organismo fue la imposición de un impuesto a influencers y streamers, que debían comenzar a tributar por sus actividades económicas, tanto por la provisión de servicios de comunicación y publicidad como por la creación de contenidos en plataformas digitales. El régimen, que fue oficializado esta semana a través de una resolución de ARCA, alcanzaba también los canjes.
Así, este martes, por medio de la Resolución General 5612/2024 de la ex-AFIP se derogó la norma que actualizó el «Clasificador de Actividades Económicas (CLAE)» utilizado por el organismo para ordenar y agrupar las actividades económicas de los contribuyentes.
El texto oficial indica que en medio del contexto económico, el organismo volverá a analizar de nuevo las actividades económicas a incorporar. «Para ello, se deroga la normativa mencionada (Nº 5.607)«.
La resolución entra en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial. Además, se señala que las disposiciones han sido revisadas por las áreas legales y técnicas competentes.
La salida de Misrahi
Florencia Misrahi había sido elegida como titular de ARCA (en ese entonces, AFIP) antes del inicio de gestión y llegaba con una sólida trayectoria en negocios agropecuarios transfronterizos (trabajó en la multinacional cerealera Cargill) y en asesorías impositivas para estudios de abogados. La tensión con otro sector interno del Gobierno, referenciada con el asesor presidencial Santiago Caputo, existía desde antes del cambio de nombre del organismo.
La semana pasada, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) actualizó el Formulario 883, Clasificador de Actividades Económicas (CLAE), con el objetivo de ordenar, codificar y agrupar de manera más homogénea y eficiente las nuevas formas de negocio y servicios innovadores que han surgido con la expansión de las plataformas virtuales.
Que en términos simples, incluía al cobro de impuestos a las actividades relacionadas con la transmisión en vivo de programas a través de plataformas de streaming, la gestión de criptoactivos y la publicidad con contenido audiovisual, entre otros servicios digitales que han ganado relevancia en los últimos años.
Quién es Juan Pazo, el nuevo titular de ARCA
Juan Pazo es un abogado con pasado en el gobierno de Mauricio Macri (2015-2019) y en la gestión privada. Con la llegada de Javier Milei al poder se convirtió en un funcionario clave del ministro de Economía Luis Caputo. Era quien hablaba con los principales referentes de las cámaras empresarias, desde los industriales de la UIA hasta las entidades del agro de la ganadería y de la pesca.
Durante el gobierno de Macri fue director de Comunicación Institucional de la Unidad de Información Financiera (UIF), el organismo antilavado del Ejecutivo, entre 2016 y 2017, y desde enero de ese año hasta diciembre de 2019, Superintendente de Seguros de la Nación.
Antes fue de la función pública, fue el CEO de las empresas textiles del empresario Francisco De Narváez, de breve paso por la política en 2009, donde le ganó las elecciones a diputado nacional por la provincia de Buenos Aires a nada más y nada menos que a Néstor Kirchner.
También fue director ejecutivo de firmas offshore de Rapsodia, una marca cofundada por su esposa y de la empresa ganadera Invernea SA.
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cuál es y qué hay detrás
Fundada en 2010, la compañía se enfoca en ofrecer servicios de imágenes satelitales a través de una constelación de satélites de bajo costo. Su modelo de negocio combina el acceso a imágenes satelitales de alta resolución con herramientas de análisis para empresas y gobiernos.
Reconocida por sus datos de Observación de la Tierra (EO) de alta resolución, Satellogic dio a conocer la ampliación de su contrato con SynMax, una firma estadounidense especializada en análisis de datos satelitales. Este acuerdo permitirá a SynMax integrar las imágenes de alta frecuencia y resolución de Satellogic en su plataforma Hyperion, diseñada para ofrecer monitoreo de la producción de petróleo y gas natural. La plataforma proporcionará información crítica a fondos de cobertura y analistas financieros.
Además de la expansión del contrato, Satellogic anunció una colocación privada de acciones dirigida a un inversor institucional. La compañía emitirá aproximadamente 3,57 millones de Acciones Ordinarias Clase A a un precio de u$s2,80 por acción, con una recaudación estimada de unos u$s10 millones antes de los gastos de la oferta. Los fondos obtenidos se destinarán a fines corporativos generales, y se espera que la transacción se cierre antes del 10 de diciembre de 2024.
Dentro de los términos del contrato ampliado, Satellogic triplicará el número de cabezales de pozo que monitorea en América del Norte, alcanzando más de 100. Esta expansión permitirá a la empresa ofrecer imágenes varias veces por semana, proporcionando datos casi en tiempo real sobre las actividades de perforación y fracturación. Esta capacidad es esencial para que los analistas predigan las fluctuaciones de producción a corto plazo a nivel de cada cabezal de pozo.
Qué hay detrás de esta suba
La colaboración entre Satellogic y SynMax está diseñada para satisfacer las crecientes demandas de los mercados financieros, permitiendo un seguimiento más preciso de los nuevos cabezales de pozo a nivel global. La frecuencia y precisión de los datos proporcionados por Satellogic son fundamentales para desarrollar soluciones innovadoras de inteligencia de inversión en los mercados de energía.
Mark Carmichael, Vicepresidente de Ventas de Satellogic, subrayó la ventaja competitiva que ofrecen las imágenes de alta resolución y frecuencia de la empresa frente a los métodos tradicionales de monitoreo. Eric Anderson, cofundador y CTO de SynMax, expresó su entusiasmo por la capacidad de la asociación para ofrecer datos precisos y oportunos sobre la producción, lo que potenciará las estrategias de trading de sus clientes.
El modelo de negocio de Satellogic combina el acceso a imágenes satelitales de alta resolución con herramientas de análisis para empresas y gobiernos, lo que les permite tomar decisiones informadas en áreas como la gestión de recursos naturales, monitoreo ambiental, y planificación urbana.
En los últimos años, la empresa ha logrado expandirse a nivel global y ha alcanzado acuerdos con diversas entidades para ofrecer soluciones basadas en datos satelitales.
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Cualquier vehículo con seguro y VTV podrá prestar servicios de transporte de pasajeros
El Gobierno reglamentó la desregulación del sector. Sólo será necesario registrar los recorridos con anticipación. Aplica a ómnibus, combis, autos que estén en condiciones técnicas
Tras aplicar sanciones a las empresas por no cumplir con la entrega de pasajes gratis a discapacitados, el Gobierno reglamentó este martes la desregulación del transporte automotor de larga y media distancia. Se apunta a que las firmas del sector tengan menos restricciones para establecer precios, modificar o discontinuar rutas que no sean rentables, entre otros.
Así se oficializó en el Boletín Oficial mediante la Resolución Nº 57/2024, impulsada por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía y el Ministerio de Desregulación y Transformación del Estado.
“Se moderniza un régimen de más de 30 años de antigüedad con un sistema cerrado, permisos rígidos y burocracia excesiva, pasando a un sistema simple, declarativo, gratuito, digital y que mantiene los estándares técnicos y de seguridad vigentes”, aseguraron desde la cartera conducida por Franco Mogetta.
En este sentido, los transportistas se registrarán de manera online y gratuita mediante la plataforma web Trámites a Distancia (TAD), donde deberán brindar la información relevante y actualizada de los servicios. A su vez, se unificarán todos los registros bajo un único Registro Nacional de Transporte Automotor de Pasajeros (RNTAP).
El trámite, que estará disponible a partir este 11 de diciembre, es obligatorio para la prestación de servicios de transporte automotor de pasajeros y tendrá carácter de Declaración Jurada (DDJJ). El correo electrónico registrado será al que llegarán las notificaciones pertinentes durante el proceso.
Los transportistas deberán completar: formulario de transportistas/empresas, DDJJ Nómina de Parque Móvil, DDJJ Nómina de conductores, título de propiedad o contrato de leasing de los vehículos, pólizas de seguros, etc. Una vez registrados se emitirá el Certificado de Alta de Transportista dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles y podrán acceder a la inscripción de los servicios a prestar.
Aquellos que ya estén prestando servicios podrán continuar operando y tendrán un plazo de hasta sesenta días corridos para declarar en el RNTAP los servicios a realizar de acuerdo a la metodología aprobada.
El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, dijo a través de X: “A quienes tengan vehículos grandes o pequeños (con seguro y revisión vehicular aprobada), los invitamos a convertirse en proveedores de transporte de pasajeros. El Decreto 883/24 había liberado el tránsito interjurisdiccional así como el de las conexiones aeroportuarias, dando libertad absoluta para operar, elegir vehículos, horarios y recorridos”.
“La Resolución 57/24 de hoy, con firma del Secretario de Transporte, Franco Mogetta, establece el procedimiento para que cualquier interesado en proveer el servicio pueda hacerlo, dando sentido práctico a la desregulación que habíamos establecido con el Decreto 883/24. Simplemente informan a través de un trámite remoto vehículos, choferes y los recorridos que planifican hacer. Pueden cambiar esta información cuando quieran y las veces que quieran. ¡Y listo! ¡A rodar!”, añadió.
A partir de esta reglamentación se podrán establecer libremente recorridos, itinerarios, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios, logrando una mayor oferta y competencia de precios. Antes de esta desregulación una modificación en cualquier parámetro operativo (recorridos, paradas, frecuencias, etc) tardaba entre 6 meses a un año como mínimo.
Ahora, “con esta medida y con el principal objetivo de satisfacer la demanda de traslado de pasajeros; se simplifica y acorta el tiempo burocrático, solo teniendo que informar la baja del parámetro con 15 días de antelación, procediendo luego al alta con la modificación deseada. Cabe destacar que se mantienen las exigencias de seguridad ya establecidas en la normativa vigente, tanto de tránsito y seguridad vial, como en los requisitos en materia de seguridad, higiene y accesibilidad correspondientes a cada clase y tipo de vehículo. Además, se deberá cumplir con la revisión técnica vehicular de los vehículos”, señalaron fuentes oficiales.
Por otro lado, cabe recordar que el Ejecutivo había sancionado económicamente y presentado una medida cautelar contra las empresas de transporte que no estaban cumpliendo con la obligación del cupo para personas con discapacidad.
Las compañías alegaban que había un vacío legal en la desregulación y que estaban habilitadas para hacerlo. No obstante, la Justicia le dio la razón al Gobierno y la reglamentación se refiere a esta cuestión en sus considerandos, al indicar: “Se estableció el sistema de protección integral de las personas discapacitadas, determinando que las empresas de transporte colectivo terrestre sometidas al contralor de autoridad nacional deberán transportar gratuitamente a las personas con discapacidad en el trayecto que medie entre el domicilio de las mismas y cualquier destino al que deban concurrir por razones familiares, asistenciales, educacionales, laborales o de cualquier otra índole que tiendan a favorecer su plena integración social”.
Y agrega que “se creó el Programa Nacional de Cuidado Integral del Niño, Niña y Adolescente con cáncer, con el objetivo de reducir la morbimortalidad por cáncer en niños, niñas y adolescentes y garantizar sus derechos, estableciendo en su artículo 10 la gratuidad en la utilización del transporte colectivo terrestre”.
A pesar de la resolución judicial, desde Transporte afirman que detectaron que algunas empresas siguen sin ofrecer la totalidad de los servicios, por lo que se avanzará en nuevas medidas sancionatorias para hacer valer la decisión de la Justicia y el derecho de las personas con discapacidad.
/Infobae
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