Sociedad Actualidad
Subsidios a la luz y el gas: subió tope de ingresos para recibir el beneficio, ¿quiénes pueden acceder ahora?

El nuevo valor de la CBT subió 27% en diciembre, por lo que un grupo familiar necesitó contar con ingresos por $495.798 para no ser considerada en situación de pobreza. Y según la normativa vigente para la entrega de subsidios a la energía eléctrica y el gas natural, ahora una familia que percibe hasta 3,5 canastas básicas puede pedir el beneficio.
Cuando se lanzó el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE) quedaron excluídos los usuarios Nivel 1 o segmento de mayores ingresos, que declaraban ingresos mensuales totales equivalentes o superiores a $871.367,04 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC en ese entonces). Pero hoy, con la inflación mensual de dos dígitos y paritarias a la baja, ese monto superó $1.700.000 y muchas familias quedaron en condiciones de solicitarlo.
De hecho, este beneficio -que generalmente alcanza a poco menos de un tercio del total de usuarios energéticos- es atractivo para las familias en momentos en que el Gobierno nacional decidió ajustar el precio de la electricidad. En el caso del gas, todavía no fueron definidos los aumentos y permanecen postergados.
Los cuadros tarifarios del servicio de gas natural serán definidos a partir de abril por una «nueva conceptualización» de los subsidios que, para asegurar su «correcta asignación» serán determinados en base a una Canasta Básica Energética que cubra las necesidades de los usuarios, «con distintos tipos de consumo en las zonas del país».
Cómo quedaron los nuevos segmentos tarifarios
Segmento de ingresos altos (N1): no reciben beneficio
- Son hogares que declaran reunir alguna de las siguientes condiciones, considerando a todas y todos los convivientes:
- Ingresos mensuales totales del hogar equivalentes o superiores a $1.735.294,11 (3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según el INDEC). Excepción: para aquellos hogares ubicados en el partido de Patagones (Buenos Aires), Chubut, La Pampa, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz o Tierra del Fuego, A. e IAS, los ingresos mensuales totales para pertenecer al segmento de mayores ingresos deberán ser equivalentes o superiores a $2.117.058,82.
- Tener 3 o más vehículos con una antigüedad menor a 5 años.
- Tener 3 o más inmuebles.
- Poseer una embarcación, una aeronave de lujo o ser titular de activos societarios que demuestren capacidad económica plena.
Segmento de ingresos medios (N3): pueden solicitarlo
- Son aquellos hogares que no se encuentran dentro del segmento de mayores ingresos y cumplen alguna de las siguientes condiciones:
- Ingresos mensuales totales entre $495.798,32 y $1.735.294,11 (entre 1 y 3,5 canasta básicas para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento pueden variar entre $743.697,48 y $1.735.294,11 (entre 1,5 y 3,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Poseer hasta 2 inmuebles.
- Poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de ingresos medios.
Segmento de menores ingresos (N2): pueden solicitarlo
Son hogares que, considerando en conjunto a las y los integrantes del hogar, cumplen las siguientes condiciones:
- Ingresos netos menores a $495.798,32 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC). Excepción: para hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD), los ingresos mensuales totales para formar parte de este segmento deben ser menores a $743.697,48 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC).
- Poseer hasta 1 inmueble.
- No poseer 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad. Excepción: los hogares con una o un conviviente con Certificado Único de Discapacidad (CUD) pueden poseer hasta 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad para formar parte del segmento de menores ingresos.
Serán incluidos dentro de este segmento los hogares que, además de no cumplir las condiciones para formar parte del segmento de mayores ingresos, tengan:
- Una o un integrante con Certificado de Vivienda expedido por el ReNaBaP.
- Una o un integrante del hogar posea Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
- Una o un integrante con Certificado Único de Discapacidad (CUD). Excepción: en el caso de que el hogar con CUD tenga ingresos mensuales totales del hogar que superen los $743.697,48 (1,5 canastas básicas para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o sean propietarios de 2 o más inmuebles, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
- Domicilio en donde funcione un comedero o merendero comunitario registrado en el RENACOM. Excepción: en el caso de que en el hogar funcione un comedero o merendero comunitario registrado en RENACOM y que los ingresos sean mayores a $495.798,32 (1 canasta básica total para un hogar tipo 2 según INDEC) y/o posean 2 o más inmuebles o 1 vehículo con menos de 3 años de antigüedad, se lo ubicará en el segmento de ingresos medios.
Nuevo aumento del precio de la electricidad
El Gobierno comenzó a aplicar el nuevo esquema tarifario de energía eléctrica y dispuso la reprogramación de los precios estacionales de verano para los usuarios de altos ingresos comprendidos en el Nivel 1, mientras mantuvo los valores subsidiados para los de ingresos bajos y medios, comprendidos respectivamente en los niveles 2 y 3.
La medida se formalizó a través de la resolución de la Secretaría de Energía 7/2024, publicada en el Boletín Oficial, con el propósito de «corregir progresivamente los desfases generados por 20 años de subsidios».

El mantenimiento de los subsidios para los niveles 2 y 3 (en este último caso para los consumos que no excedan los 400 kilovatios hora -kwh- mensuales) se resolvió «para evitar impactos bruscos en los costos del servicio» y continuará «hasta tanto se ponga en vigencia el nuevo sistema de subsidios que considerará la capacidad de pago de cada consumidor», una vez que se oficialice la Canasta Básica Energética.
Por el momento sigue como válida la segmentación determinada en junio de 2022, en base a una serie de consumos y bienes patrimoniales y la referencia de un valor equivalente a 3,5 veces la Canasta Básica Total (CBT) elaborada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (Indec).
¿Qué se necesita para iniciar el pedido de subsidios?
Datos personales: vas a necesitar tu DNI y el de quienes conviven con vos en el domicilio para el cual vas a solicitar el subsidio. Además, vamos a requerir información sobre tu situación laboral, ingresos mensuales totales del hogar y tu número de CUIT o CUIL.
Datos de los servicios: tené a mano los números de medidor, de cliente, cuenta, servicio, contrato y/o NIS (Número de Identificación del Suministro) que están en tus facturas de luz y/o gas para que podamos asociarlos con tu hogar.

¿Cómo se hace el trámite para recibir los subsidios?
Ingresá al trámite y completá el formulario para registrarte en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía (RASE).
Seguí los pasos indicados en el formulario con atención. Asegurate de revisar todos los datos ingresados. Este documento tiene carácter de declaración jurada.
Al final, vas a obtener el código de confirmación de tu solicitud que vas a poder descargar como archivo PDF y que debés guardar como constancia. Ese código es importante para que puedas conocer el estado del trámite desde la aplicación MiArgentina.
Si tenés Libreta Cívica, Libreta de Enrolamiento o no tenés acceso al formulario y requerís asistencia para realizar el trámite, podés dirigirte a las oficinas de los prestadores de tus servicios de luz y gas o de ANSES (con turno previo) más cercanas a tu domicilio. La inscripción desde las oficinas de ANSES se realizará sin tener en cuenta el número con el que termina tu DNI.
¿Cuál es el costo del trámite?
El trámite es gratuito y no tiene ningún costo.
@Ámbito
/Fuente de imagen: Ámbito

Actualidad
Una presunta infidelidad terminó en persecución y choque

Esta situación ocurrió en el departamento Capital, en horas de la noche del pasado martes 1 de julio.
Una situación inesperada se registró durante la noche del pasado martes 1 de julio, en plena Ciudad de San Juan. Se trata de una persecución que terminó en choque, aparentemente por una infidelidad amorosa.
Todo habría sucedido alrededor de las 21:00, cuando una mujer descubrió a su novio en una situación comprometedora con una tercera persona. La reacción de estos dos últimos fue escapar, mientras que la sanjuanina que habría sido engañada fue tras ellos en su vehículo.
De esta forma, ella se subió a una Jeep Renegade en la que comenzó a perseguirlos por las calles internas del barrio Del Bono. Luego dobló hacia el este por Rivadavia hasta llegar al Lateral Oeste de Avenida Circunvalación.
En ese lugar, la conductora terminó colisionando con una Amarok y un Peugeot 208, atacando a las dos personas que guiaban estos rodados. La situación se tornó tan violenta que los testigos llamaron al 911 para alertar sobre lo que estaba ocurriendo.
Frente a este hecho, llegaron efectivos de la comisaría 4ta, quienes detuvieron a la propietaria de la Renegade, acusada de cometer el delito de daños. Por otro lado, la presunta pareja de infieles fue retirada del lugar para evitar que todo pasara a mayores. Ahora el caso quedó en manos de Flagrancia.
/C13
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La jueza de Nueva York amiga de los buitres

El fallo no es de aplicación inmediata. En línea con el planteo buitre Milei responsabilizó a Kicillof pero anticipó que va apelar la decisión. El gobernador resaltó la obsecuencia con EE.UU. y hoy hará una rueda de prensa .
Las relaciones con el capital financiero internacional, por el que se desvive el presidente Javier Milei, no parecen traerle buenos resultados sino más bien todo lo contrario. Este lunes, la jueza Loretta Preska, del segundo distrito de Nueva York, falló dos veces en contra de Argentina. Primero, ordenó que el país entregue el 51 por ciento de las acciones de YPF al fondo buitre Burford Capital y, más tarde curiosamente, que también le ceda las acciones en su poder al buitre Bainbridge. El presidente culpó por lo sucedido al gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, quien denunció el vínculo fluido de Milei con los Estados Unidos y aseguró: «Algunos todavía se preguntan por qué Milei viaja tanto al país desde el cual salió este fallo; se nota mucho…».
Especialistas consultados por PáginaI12 coinciden en que la decisión de la magistrada pretende posicionarse por encima de un Estado soberano, como si se tratase de una «jueza universal». «En caso de quedar (la resolución) a favor de los buitres sería un precedente histórico que dejaría en una posición de inferioridad a cualquier país del mundo», explicaron.
La decisión «estrafalaria para forzar el cobro» pretende, según los expertos en el tema, que el Gobierno «decline a favor de los demandantes teniendo en cuenta la afinidad ideológica y admiración que le propician». Sin embargo, bajo el derecho argentino las cosas no funcionan así.
En enero de este año, la Libertad Avanza designó como nuevo Procurador del Tesoro a Santiago Castro Videla, uno de los socios y ahijado político de Alberto Bianchi, testigo experto de Burford para litigar contra Argentina en la causa YPF. El ahora funcionario tiene a cargo la defensa de los intereses del Estado nacional en los tribunales locales e internacionales.
Bianchi también actuó como experto para grandes empresas en contra del Estado argentino por lo menos en 15 pleitos internacionales.
Las órdenes de la jueza
Preska dispuso que “se ordena a Argentina transferir sus acciones Clase D de YPF a una cuenta de custodia global en BNYM en Nueva York dentro de los 14 días posteriores a la fecha de la orden”, como parte de pago de la sentencia por 16.100 millones de dólares que el país ya fue condenado a pagar.
La medida beneficia a Burford, que en 2015 compró los derechos a del holding del fallecido Enrique Eskenazi, para litigar contra el país por la expropiación de la petrolera estatal ocurrida en 2012. El fondo buitre, que logró concretar un pedido de hace más de un año atrás, describe la acción como parte de las «presiones para obtener algo a cambio».
Pocas horas después, la miembro de la Corte del Distrito Sur de Nueva York indicó que el país debía cederle las acciones en su poder de YPF al fondo buitre Bainbridge, que cuenta con una sentencia a su favor y en contra del país por 95 millones de dólares, más intereses por la deuda en default. Bainbridge, además, había solicitado información sobre el oro en las reservas del Banco Central sacado del país.
«Desde el punto de vista jurídico, la expropiación de la mayoría del capital de YPF cumplió los únicos tres requisitos que exige el artículo 17 de nuestra Constitución para que se la considere legítima: tener por motivo una causa de utilidad pública, ser autorizada por una ley del Congreso, e indemnizar previamente al propietario privado», afirmó el abogado especializado en Derecho Financiero Sebastián Soler.
Durante el mandato de Joe Biden, el Departamento de Justicia de los Estados Unidos presentó un escrito a favor de la Argentina: solicitó a Preska que rechazara la solicitud de los fondos Burford y Eton Capital de quedarse con activos de YPF. Con la llegada de Donald Trump, Milei confiaba en que iba a recibir su apoyo para resolver el caso a favor del país, pero está ocurriendo todo lo contrario. Al conocerse el primer fallo, cayeron las acciones y subió el precio del dólar.
«Estado Unidos no quiere esto porque es un disparate jurídico, que resolvió una jueza de formación anglosajona», afirmó un jurista a este diario.
La reacción de Milei
El presidente nuevamente insultó y responsabilizó a Axel Kicillof por lo sucedido y anunció que el Gobierno apelará la resolución ante la Corte de Apelación. «Al margen de la imbecilidad de Kicillof y todos los que nos gobernaron antes, sepan todos los argentinos que vamos a apelar este fallo en todas las instancias que corresponda para defender los intereses nacionales. Pasaron más de 10 años y los argentinos seguimos sufriendo las consecuencias del peor gobierno de la historia argentina», publicó en X.
El gobernador de la provincia de Buenos Aires no tardó en responder los agravios. «Lo más grave y sorprendente no es el fallo ni el comportamiento de esta jueza; lo más peligroso es que el propio presidente argentino elija ponerse del lado de los poderes extranjeros y no del lado de los intereses nacionales que debe representar y proteger. No hace falta una investigación muy profunda para advertir el vínculo entre la pasión norteamericana de nuestro presidente y esta noticia. Algunos todavía se preguntan por qué Milei viaja tanto al país desde el cual salió este fallo; se nota mucho…». Y advirtió: «Su candidato en la Provincia lo acaba de confesar sin disimulo: aspiran a privatizar YPF».
Estrategia de defensa
La mayoría de los especialistas mantienen acuerdo respecto a los escritos que presentó el país, incluso durante la administración actual. Desde el punto de vista técnico jurídico no hay reproches aunque sí algunos matices. Pero advirtieron sobre dos estrategias que debilitan la defensa Argentina:
*Las declaraciones públicas de Milei contradicen los argumentos de la defensa y complican el interés nacional al facilitar argumentos para los demandantes.
*El desmantelamiento del equipo de la Procuración General de la Nación, a partir del recorte de fondos y de personal experto.
En 2015, explica Soler, Argentina «planteó inmediatamente que la Corte de Nueva York era incompetente porque el caso no estaba comprendido en ninguna de las únicas dos excepciones que, según la Ley de Inmunidad Soberana de Estados Unidos (Foreign Sovereign Immunities Act o “FSIA”), habilitan que los tribunales de ese país resuelvan una demanda contra un estado extranjero: que el estado extranjero lo haya consentido o que el caso involucre un acto del estado extranjero estrictamente comercial, y no soberano, realizado en Estados Unidos o cuyos efectos sustanciales ocurran allí».
La sentencia no tiene aplicación inmediata y los analistas anticiparon a este diario que «lo más probable es que la jueza, o en todo caso la cámara, haga lugar a la apelación y esta causa incómoda entre en un proceso de hibernación».
El fallo no es inocuo. Y como los mismos fondos declaran «lo usan para presionar». Tienen a favor sentencias favorables que no solo afectan a la Argentina, de seguir así podrían influir sobre cualquier Estado soberano.
/P12
Actualidad
Domingo frío en San Juan: se esperan lluvias y fuertes ráfagas del sur

La jornada comenzó con apenas 2°C y se espera una máxima de 15°C. Anuncian probabilidad de precipitaciones y viento del sector sur con ráfagas de hasta 59 km/h.
Este domingo 22 de junio se presenta con condiciones invernales en San Juan. Según los datos meteorológicos, la jornada comenzó con una temperatura mínima de 2°C y se espera que la máxima apenas alcance los 15°C.
Durante todo el día, predominará el viento del sector sur, con velocidades que oscilarán entre los 23 y 31 km/h. Además, se anticipan ráfagas que podrían llegar hasta los 59 km/h, especialmente durante la tarde.
En cuanto a las precipitaciones, hay probabilidad de lluvias aisladas, con un porcentaje de entre 10% y 40% durante la mañana. Para la tarde y la noche, el pronóstico indica baja o nula posibilidad de lluvias.
La temperatura se moverá en un rango estimado de 5°C a 15°C durante el día, descendiendo nuevamente hacia la noche. Ante este panorama, se recomienda a la población abrigarse bien, evitar la exposición prolongada al frío y tomar precauciones si deben circular en zonas expuestas al viento.
/SJ8
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