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NacionalPolítica & Economía 

Si no se cobra Ganancias a los jueces se pierde un impuesto a las «grandes fortunas» por año.

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El dato es elocuente y es sólo una de las muchas comparaciones que pueden trazarse a la hora de ver la importancia tributaria que tiene para los Estados lograr que el Poder Judicial, único eximido, pague de manera plena el Impuesto a las Ganancias: lo que el Gobierno dejará de recaudar el año próximo por no cobrarles el impuesto al sector asciende a 238 mil millones de pesos. Es decir, el Estado pierde a razón de un Impuesto a las Grandes Fortunas por año dado que ese tributo -que se votó en el Congreso y por única vez para paliar el daño económico de la pandemia-, recaudó en 2021 algo más de 240 mil millones de pesos. 

Es decir que sólamente generalizando un tributo que hoy paga toda la población que supere el Mínimo no Imponible y quitándole el privilegio al Poder Judicial, el Estado podría contar no sólo con un principio de equidad tributaria, sino que además podría usar esos fondos para financiar obras, ayuda social y otros puntos sin crear nuevos impuestos o enfrascarse en pujas políticas en el Parlamento. Esta es la discusión que se dará la semana próxima en el Congreso, en el marco del debate del Presupuesto 2023, en el cual el oficialismo, vía el diputado del FDT Marcelo Casaretto, introdujo un artículo donde propone, precisamente, que todo el Poder Judicial pague Ganancias. Al día de hoy, sólo pagan los jueces nuevos, aquellos que asumieron en el 2017. 

«Todos somos iguales ante la ley y todos los jueces en actividad o jubilados tienen que pagar Ganancias si superan el mínimo no imponible, como cualquier hijo de vecino», expresó Casaretto en declaraciones radiales y agregó que «incluye a todos, jueces de la Corte Suprema, camaristas, jueces, fiscales, funcionarios, todo el que supere los $330.000, paga Ganancias». Asimismo, consideró que «un obrero automotor paga Ganancias, el presidente y sus ministros, los legisladores también; los únicos que no pagan son los que están en la Justicia».

¿Para qué alcanza?

Hay otras comparaciones de lo que se recaudaría de Ganancias si el Poder Judicial se sumara en pleno. Por ejemplo, es casi lo mismo que se viene recaudando desde AFIP por el Impuesto País entre enero y septiembre (251.818 millones de pesos) y algo menos de 60 mil millones de lo que ingresa por el impuesto a los Combustibles. Otro caso, por Bienes Personales Bienes personales se vienen recaudando, a septiembre, 292 mil millones. Y todos estos son impuestos aparte que, además, también los pagan directa o indirectamente muchos de los que ya pagan Ganancias. 

Luego hay cuestiones más de sentido común por las cuales es llamativo que haya un sector que no pague Ganancias. Un caso, el IVA impositivo, que por la inflación y el consumo siempre crece exponencialmente, recaudó en septiembre 361 mil millones de pesos. Es el mayor aportante a la recaudación de AFIP, pero ese tributo lo pagan, sin distinción de condición ni ingresos todos los argentinos. No tiene progresividad. Y allí entran incluso las personas en situación de indigencia. 

Además, según datos que maneja la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), lo que no se recauda por Ganancias a jueces puede compararse con gastos directos. Por ejemplo, ese dinero es 4 veces lo que Desarrollo Social invertirá en 2023 en políticas alimentarias de comedores escolares y merenderos. También, la plata alcanza para pagar 4,5 Ministerios de la Mujer con su Presupuesto completo. 

Un debate extenso e injusto

Casaretto reiteró que la exención del pago de Ganancias para el Poder Judicial «significa un costo de 238.000 millones de pesos para el año que viene», y que la discusión en torno de la «intangibilidad» de los ingresos de los magistrados «viene desde hace 90 años», cuando en 1932 se aprobó el impuesto a los Réditos.

Por entonces, «la Corte Suprema interpretó que todos tenían que pagarlo menos ellos», recordó, además de señalar que «ese impuesto fue cambiado por el de Ganancias en la década de los ’70 y en la de los ’90 se eliminó la exención para los jueces».

No obstante, nuevamente «la Corte, encabezada por Julio Nazareno en 1996, volvió a disponer que todo el mundo pagara Ganancias menos ellos», indicó, en tanto «a partir de 2016, se aceptó que pagaran Ganancias los jueces que entraran de 2017 en adelante, pero no los que estaban hasta esta fecha».

En esa línea, Julieta Izcurdia, abogada y coordinadora del programa Justicia Fiscal ACIJ dijo a Página I12 que incluso «después de 2017 hay un monton de cautelares que les han impedido cobrar Ganancias. Por eso es interesante que este tema se debata en el Congreso y en el marco del Presupuesto, lo que no tengo claro es cómo lo van a implementar». Para la especialista, «estamos ante una historia injusta». Es que al día de hoy hay sólo tres sectores económicamente activos que no pagan Ganancias: los ciudadanos que viven en país y con la renta obtenida compran o venden acciones y títulos (un agujero negro del que hay muy pocos datos pero que en volúmen no es representativo), el Poder Judicial y también el Régimen de Mineras, cuya excención para el 2023 es más grande que todo el Presupuesto del Ministerio de Ambiente. Luego están los rubros a proteger, como asociaciones civiles, fundaciones, mutuales y cooperativas. 

Los sueldos, en el eje de la discusión

Un trabajo reciente de ACIJ titulado «No hay transparencia en los salarios del sistema judicial» detalla cuáles son los sueldos del Poder Judicial. Explican que si bien esa información es de acceso público y está en los sitios web de la Corte Suprema, el Consejo de la Magistratura, el Ministerio Público Fiscal y el Ministerio Público de la Defensa, hay cuestiones a tener en cuenta. 

Según ACIJ faltan allí «varios suplementos» que están en los recibos de sueldos entre los que se incluyen “cargo funcional c/ bonificación título”, “permanencia categoría”, “antigüedad en el título” y “diferencia suplementaria bonificación”. Así, concluyen que esos puntos generarían una diferencia de hasta 50 por ciento entre el salario publicado y el real. 

Ejemplifican algunos casos: si un magistrado de primera instancia figura como cobrando en mano $625.286,48, en la realidad el promedio de quienes están en ese cargo cobran alrededor de $1.000.000. Y cuando subrogan otro juzgado lo que reciben en mano es alrededor de $1.300.000. 

En el caso de las juezas, fiscales o defensores de Cámara figura una escala salarial de $796.000 «pero en la práctica el promedio que perciben neto (libre de cualquier retención o impuesto) es de alrededor de $1.300.000». Con una subrogancia se alcanzan casi $1.700.000 pesos mensuales en mano. El sueldo publicado de las y los jueces de Cámara de Casación es de $, pero cobrarían en promedio alrededor de casi $900.00 pesos.

Por último, ACIJ destaca que sobre los sueldos en mano de jueces y juezas de la Corte Suprema no hay información precisa. «Lo que podemos afirmar es que, conforme lo que figura en la página del Alto Tribunal, el básico de $963.581 es muy inferior al real, ya que dependiendo de la edad y antigüedad en el cargo el sueldo total rondaría entre $1.700.000 y $2.400.000». 

/Página12.

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El bárbaro posteo de Gordo Dan contra Luis Juez y su hija discapacitada

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Tras la sanción del Senado que dejó en pie la Emergencia en Discapacidad, el bárbaro posteo contra el senador del PRO, su familia y su hija discapacitada fue lanzado por Daniel Parisini, conocido como «Gordo Dan» en las redes.

Hasta Guillermo Francos tuvo que salir a repudiarlo: «Lo repudio totalmente, me parece fuera de lugar, repudiable, no puede aceptarse de ninguna manera ni la grosería, ni la forma que se expresa, ni el fondo de la cuestión», sostuvo el jefe de Gabinete tras una consulta periodística, y aseguró que no había podido hablar con Javier Milei sobre el tema porque el Presidente estaba de viaje en Estados Unidos.

Tras las declaraciones del funcionario el referente de Las Fuerzas del Cielo borró su tuit. Pero insistió, con sorna: «Ahí va con más respeto. Luis Juez utiliza la situación de su hija para hacer política barata y justificar la quiebra del estado argentino con el consiguiente empobrecimiento del estado argentino. “Luis Juez le acabó adentro a una mujer que no era su esposa y tuvo una hija. No se hizo cargo de la nena hasta que la justicia lo obligó. Y ahora la usa para hacer política poniéndole palos en la rueda al plan para sacar de la miseria a los argentinos del presidente Milei”. 

El repudio, como es lógico, siguió creciendo.  

/P12

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El Gobierno de Milei analiza judicializar la Ley de Emergencia en Discapacidad

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Tras el rechazo del veto presidencial a la Ley de Emergencia en Discapacidad por parte del Congreso, el Gobierno de Javier Milei analiza recurrir a la Justicia para frenar su aplicación.

Luego de que el Senado rechazara el veto presidencial a la Ley de Emergencia en Discapacidad, la Casa Rosada evalúa recurrir a la Justicia para frenar la aplicación de la norma. La medida, que fue impulsada por legisladores de la oposición y recibió amplio respaldo en ambas cámaras, podría abrir un nuevo frente judicial y político para el Gobierno nacional.

Según publicó el diario Clarín, los equipos técnicos de la Secretaría Legal y Técnica y del Ministerio de Justicia ya trabajan en los fundamentos legales para una eventual presentación ante la Justicia, aunque en el propio gabinete de Javier Milei hay dudas sobre la conveniencia de avanzar con esta estrategia, en un contexto adverso para el oficialismo en el Congreso.

Si aún se diera la circunstancia de que el veto se cae, lo vamos a judicializar”, advirtió el presidente Javier Milei durante un acto en la Bolsa de Comercio. La declaración no hizo más que confirmar lo que ya se discutía en el círculo más cercano del mandatario desde el mismo momento en que el Senado convirtió el proyecto en ley.

El Ejecutivo considera que la ley podría ser inconstitucional o violatoria de ciertas competencias del Poder Ejecutivo, por lo que evalúa judicializar su implementación antes de que entre en vigencia formal.

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El Senado rechazó hoy el veto del presidente Javier Milei a la ley que declara la emergencia en Discapacidad. FOTO: (Prensa Senado Fotografia)/ NA.

Una nueva derrota en el Congreso

El rechazo al veto presidencial se produjo este jueves en el Senado, sumando así la vigésima derrota legislativa consecutiva del oficialismo en apenas 40 días. La sesión también dejó otras señales de tensión entre el Gobierno y el Congreso, especialmente por el avance del proyecto de modificación de la ley que regula los Decretos de Necesidad y Urgencia (DNU), que obtuvo media sanción.

Desde la Casa Rosada temen que esta modificación limite el margen de maniobra de Milei en la segunda mitad de su mandato, cuando planea intensificar el uso de herramientas ejecutivas para impulsar sus reformas sin necesidad del aval legislativo.

Qué implica la Ley de Emergencia en Discapacidad

La norma en cuestión declara la emergencia en materia de discapacidad y busca garantizar el acceso a prestaciones, servicios y cobertura de tratamientos para personas con discapacidad en todo el país. Fue aprobada con el respaldo de una amplia mayoría parlamentaria y vetada por Milei, quien argumentó motivos fiscales para frenar su aplicación.

Tras el rechazo del veto, la ley quedó firme. Sin embargo, su aplicación podría verse suspendida si prospera una eventual judicialización por parte del Ejecutivo.

/LPSJ

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Nuevo triunfo opositor en el Senado: aprobaron una reforma que limita los DNUs del Presidente

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Con 56 votos a favor y 8 en contra, avanzaron con un cambio de la ley de decretos. Representa el 20° triunfo consecutivo de la oposición en la Cámara alta.

Desde el PRO hasta el kirchnerismo, pasando por radicales y provincialistas: nuevamente una amplia mayoría acompañó un proyecto opositor, que impone condicionalidades a los decretos de necesidad y urgencia (DNU) emitidos por el Poder Ejecutivo. El Senado tuvo otra jornada de confrontación contra el Gobierno, tras revertir el veto a la emergencia en discapacidad.

La iniciativa fue aprobada por 56 votos a favor y 8 en contra (dos abstenciones, seis ausentes), pero aún resta la media sanción de Diputados para que la propuesta se convierta en ley. En esa Cámara se acumulan una serie de proyectos para crear comisiones investigadoras (por fentanilo y ANDIS) y quedó pendiente el tratamiento del proyecto -con media sanción del Senado- para modificar el sistema para distribuir el impuesto a los combustibles. En ambos casos, no está clara la mayoría con la que cuenta la oposición.

Luego de esta jornada, se cumplen 20 triunfos consecutivos en las posturas opositoras, incluyendo el rechazo a los candidatos oficialistas para la Corte Suprema, el traspié de Ficha Limpia, el aumento jubilatorio, la distribución de ATN, la aprobación de emergencias por discapacidad y salud pediátrica, la ley de financiamiento universitario y el rechazo a cinco decretos. La particularidad en esta ocasión es que la iniciativa no tiene costo fiscal. ¿Será vetado de igual manera? ¿Bajo qué argumento?

El proyecto reforma la Ley 26.122, que reglamenta los decretos de necesidad y urgencia (DNU) que emite el Poder Ejecutivo. Si se aprueba, ambas cámaras del Congreso cuenten con un plazo de 90 días para ratificar los decretos y no para revocarlos, como es hasta ahora, para lo que además solo se requiere la mayoría en una de las cámaras. De esta forma, se promueve que el Poder Legislativo tome una postura activa al respecto de los decretos y no termine convalidándolos por omisión.

Además, buscan delimitar los criterios de necesidad y urgencia y circunscribir cada DNU a un área técnica en particular, evitando megadecretos como el 70/2023, que modificó en simultáneo el régimen de alquileres, las regalías de las tarjetas de crédito, la decisión de obras sociales, una reforma laboral, una alteración de las sociedades anónimas deportivas y la transformación de la ley de tierras.

/ámbito

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