sábado, octubre 4, 2025
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«Señores jueces, Nunca Más»: A 36 años de la sentencia del juicio a las Juntas Militares.

El 13 de diciembre de 1983, apenas 72 horas después de haber asumido como presidente, Raúl Alfonsín dio inicio al proceso del juicio con la firma del decreto 158, que ordenaba el juzgamiento de las juntas militares. Dos días después se creó la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas.

El 20 de septiembre de 1984, el informe de la Conadep certificó 8961 desapariciones durante la dictadura, así como el funcionamiento de más de 300 centros clandestinos de detención y el modus operandi de la represión: secuestro, tortura y asesinato.

Luego de que el decreto 158 del presidente Alfonsín, que delegaba en las Fuerzas Armadas el deber de juzgar a los responsables, no cumpliera con las expectativas, el mismo se pasó a la Justicia Civil. Esto fue posible gracias a que en la reforma del Código de Justicia Militar, el neuquino Elías Sapag logró modificar el proyecto para que las cámaras federales intervinieran si el Consejo dilataba sus sentencias o si militares eran absueltos.

La cámara federal integrada por los jueces Jorge Torlasco, Ricardo Gil Lavedra, León Carlos Arslanián, Jorge Valerga Araoz, Guillermo Ledesma y Andrés J. D’Alessio, tomó como base probatoria, el Informe de la Conadep que su presidente, Ernesto Sabato, había entregado a Alfonsín seis meses antes.

Los acusados fueron: Jorge Rafael Videla, Orlando Ramón Agosti, Emilio Eduardo Massera, Roberto Eduardo Viola, Omar Graffigna, Armando Lambruschini, Leopoldo Fortunato Galtieri, Basilio Lami Dozo y Jorge Anaya.

A través de los informes diarios sobre el juicio se pudo conocer el período más oscuro que atravesó nuestro país durante 1976-1983. 

9 de diciembre de 1985.

El 9 de diciembre de 1985 León Arslanián fue la voz de una decisión histórica que tomaron, unánimemente, él y otros cinco jueces y, a través de ellos, la sociedad argentina: Los secuestros, las torturas, las desapariciones, las muertes, los robos, de la última dictadura cívico militar eran crímenes y sus responsables debían ser condenados.

Aquel día, después de ocho meses de juicio, la Cámara Federal condenó a cinco de los nueve integrantes de las tres juntas militares de aquel golpe de Estado por aquellos hechos, Jorge Rafael Videla y Emilio Massera incluidos.

El fallo unánime de los seis camaristas federales habló de “detenciones violentas”, de “mantenimiento de las personas en detención clandestina”, de “interrogatorios bajo tormentos” y “eliminación física” de personas, de “saqueo de bienes”. Y también habló de “bandas terroristas”, de la “responsabilidad” de las Fuerzas Armadas en “la represión de la subversión”. 

Como resultado final, se condenó a Videla y a Massera a prisión perpetua; a Roberto Viola a 17 años de cárcel; a Armando Lambruschini a 8; a Orlando Agosti a 4 años y seis meses de encierro. Omar Rubens Graffigna, Arturo Lami Dozo, Leopoldo Galtieri y Jorge Anaya resultaron absueltos

La sentencia fue celebrada por la mayor parte del espectro político, sin embargo las agrupaciones de derechos humanos no estaban conformes. Las Madres de Plaza de Mayo emitieron un comunicado muy duro en el que vincularon el juicio a las Juntas con la falta de voluntad del Gobierno de perseguir penalmente a los militares. Le llamaron “simulacro”.

En otros organismos, como CELS o la APDH, se valoró mucho el avance judicial como el primer registro de que aquello había sido un comportamiento criminal, sistemático y planificado. Y subrayaron el punto 30 de la sentencia, en el que la Cámara Federal ordena continuar investigando la participación de grados subalternos a los jefes de las fuerzas.

No obstante, la sospecha de que una salida “política”, fuera amnistía u otra, no se apagaba.

No llegó una amnistía, pero sí las leyes de Punto Final, de Obediencia debida y, finalmente, los indultos. 

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