NacionalPolítica & Economía
Proponen un aumento del 16,5% en la energía eléctrica desde de junio para usuarios residenciales.

El aumento de la factura final del servicio de energía eléctrica a partir del primero de junio será de 16,5% para los usuarios residenciales que no tengan tarifa social, con lo que en el año acumulará un alza de 42,72%; y del 6,8% para aquellos que dispongan de ese beneficio y un acumulado de 21,2%, en base a la propuesta presentada hoy por la Secretaría de Energía en audiencia pública.
El desarrollo de las audiencias para la actualización tarifaria de los servicios de gas y electricidad es seguido de cerca por el Gobierno nacional y, en ese marco, allegados al presidente Alberto Fernández dejaron trascender que se trata de «una decisión política» y que, «si alguien no puede tomarla, no va a poder seguir en el Gobierno», en alusión a los funcionarios del área de energía.
Fernández, esta tarde desde Alemania tras el encuentro que mantuvo con el canciller Olaf Scholz, defendió la actualización tarifaria de los servicios de gas y electricidad y la segmentación de las mismas, al considerar que actualmente «se está subsidiando energía al 10 por ciento más rico del país, lo que no es justo en términos igualitarios». «Lo que estamos planteando es que la Argentina deje de subsidiar a los sectores más ricos del país», dijo el jefe de Estado en referencia al debate que se espera para mañana en audiencia pública -a partir de las 10, de forma virtual-, donde se expondrá la segmentación tarifaria para los usuarios gas natural y de energía eléctrica para el bienio 2022-2023.
La propuesta oficial
El Presidente y el ministro de Economía, Martín Guzmán, defendieron en las últimas horas la metodología adoptada para la revisión tarifaria en marcha, para las cual se determinó que los beneficiarios de la tarifa social tendrán un aumento equivalente al 40% del Coeficiente de Variación Salarial, y del 80% para quienes no gozan de ese beneficio.
De esta forma, con un CVS en 2021 del 53,4%, esos ajustes para todo el año deberían ser del 21,3% y 42,7%, respectivamente, tal como se destacó nuevamente hoy en la apertura de la audiencia para el tratamiento de los nuevos precios de referencia estacionales del Precio Estacional de la Energía Eléctrica (PEST), aplicables a partir del 1° de junio
La jornada -a la que se inscribieron para participar 49 oradores y finalmente expusieron 23- fue presidida por el subsecretario de Coordinación Institucional de la Secretaría de Energía, Guillermo Usandivaras, que dio a conocer el informe con la propuesta oficial basado en datos de la Subsecretaría de Planeamiento Energético.
Allí se destacó que el Estado nacional afrontará en el primer trimestre del año subsidios en el orden del 81,85% del costo total de la electricidad para abastecer a la demanda residencial.
En base al criterio de ajustar las tarifas según el Coeficiente de Variación Salarial de 2021, un usuario sin el beneficio de tarifa social que pagó en enero $1.315 de factura final (con impuestos), le correspondió abonar $1.610 en marzo y tendrá que desembolsar $1.876 a partir del 1 de junio.
En el caso de aquellos que tengan el beneficio de tarifa social, los pagos de la factura final con impuestos serán de $743, $ 843 y $901, respectivamente.
Los debates en audiencia
La audiencia pública de este miércoles fue la segunda, luego de que el martes se iniciaran las exposiciones para la definición de los nuevos precios que estarán vigentes a partir del 1 de junio para el gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), oportunidad en que la Secretaría de Energía propuso un aumento promedio del 20% en el servicio.
La tercera audiencia, prevista para este jueves, debatirá la implementación de la segmentación en el otorgamiento de los subsidios al precio de la energía por parte del Estado a los usuarios del servicio de gas natural y de energía eléctrica para el bienio 2022-2023.
Durante el desarrollo del debate, Fernando Antognazza, representante de la Asociación de Generadores de Energía Eléctrica (Ageera) dijo que hay un «desfasaje entre los montos remunerados y la evolución de los costos derivo en la imposibilidad de llevar a cabo mantenimientos mayores, comprometiendo operatividad y disponibilidad» de los equipos.
Al respecto, precisó que cerca del 60% de la energía que se produce en el país en el marco de la Resolución 31/2020, «redujo y pesificó los valores de la energía eléctrica y la potencia asociada, y luego ajustó esos valores en un 67,7% a la fecha, período en el cual la inflación superó el 128%», lo que aseguró «impactará en la disponibilidad de equipos ante requerimientos y necesidad del sistema».
Por su parte, el gerente de la Asociación de Distribuidoras de Energía Eléctrica (Adeera), Claudio Bulacio, propuso la «sanción de un precio estacional único y sostener los subsidios para los usuarios vulnerables», pero aclaró que «dada la gran diferencia actual entre el precio y el costo, este proceso debe ser gradual y previsible para los usuarios y para el sector».
«En forma simultánea se deben adecuar los ingresos de las distribuidoras (VAD)» agregó Bulacio, al asegurar que «en los últimos años el ajuste fue inferior a la inflación», a la par que las distribuidoras «experimentaron un aumento de la morosidad y las pérdidas, lo cual impacta en los ingresos pero no en los costos».
Diego Mielnicki, de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires, planteó que «las distribuidoras, con tarifas congeladas, con tarifazos, o con cualquier esquema tarifario, siempre han prestado un servicio deficiente».
«Venimos de un tarifazo del Gobierno anterior y eso genera aumento en la morosidad y el endeudamiento de los usuarios, las empresas esto no lo dicen como tampoco dicen cómo son sus planes de pago», cuestionó Mielnicki.
Por otra parte, reclamó que se aumente la cantidad de kilovatios/hora consumidos para determinar el tope de tarifa social, y elevar de dos a tres salarios mínimos los ingresos necesarios para percibir el beneficio.
En otro orden, Mariana Grosso, de la Defensoría del Pueblo de la Nación, objetó la presentación inicial de la Secretaría de Energía, ya que «no hace referencia al PEST sino a la segmentación de la tarifa, que es objeto de la audiencia de mañana».

NacionalPolítica & Economía
Piden la inmediata detención de Cristina Kirchner

Los fiscales Luciani y Mola pidieron la inmediata detención de Cristina Kirchner y el decomiso de sus bienes.
En tanto, el tribunal oral federal N 2 indicó que la exmandataria tiene cinco días para presentarse, al tiempo que le pidieron a la ministra Bullrich una dependencia de fuerzas federales que cumpla con las condiciones para alojar a Cristina Kirchner.
NacionalPolítica & Economía
La Corte Suprema confirmó la condena a Cristina en la causa Vialidad: 6 años de prisión y no podrá ejercer cargos públicos

La expresidenta había sido condenada en diciembre de 2022 por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.
La Corte Suprema de justicia confirmó este martes la condena a Cristina Kirchner en la causa Vialidad en un fallo unánime de los tres miembros. De esta manera, se ratifica la pena de seis años de presión y la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos. Al mismo tiempo fue absuelta del delito de asociación ilícita, pedido por la fiscalía.
Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti emitieron un voto conjunto en el que rechazaron cada uno de los argumentos que sostuvo la defensa de Cristina Kirchner para revertir la condena en su contra.
«Las sanciones aplicadas son las que determina el ordenamiento jurídico vigente. La imposición de las penas de prisión e inhabilitación no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democrático según las leyes penales dictadas por los representantes del pueblo en el Congreso de la Nación», justificaron los jueces en el fallo.
La expresidenta había sido condenada en diciembre de 2022 por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública en la causa Vialidad. Al mismo tiempo, la absolvió del delito de asociación ilícita, tras rechazar el pedido de la fiscalía para agravar su condena al declarar el planteo inadmisible por aplicación del artículo 280 del Código Procesal en Civil y Comercial de la Nación.
En uno de los tramos, la Corte explicó que “los reclamos de la defensa llevan a examinar cuestiones —de hecho y prueba en muchos casos, ajenas por su materia a la competencia apelada extraordinaria de esta Corte Suprema en los términos del artículo 14 de la ley 48, salvo que medie un supuesto de arbitrariedad— tales como el contexto dentro del cual se ejecutó la maniobra que fue juzgada, las relaciones personales y comerciales que unían a Fernández de Kirchner con Lázaro Báez, las implicancias en torno al dictado y efectos del decreto 54/2009, las advertencias emitidas por los servicios jurídicos en relación con su dictado y la valoración del contenido de los mensajes extraídos el celular de José López, entre otros. En particular, la decisión apelada aludió a que Lázaro Báez, por intermedio de sociedades por él controladas, efectuó contratos de locación y gerenciamiento con sociedades de titularidad de la familia Kirchner que explotaban hoteles, además de haber realizado otros negocios inmobiliarios. Esas relaciones no fueron cuestionadas por la defensa en manera alguna, más allá de alegar que los actos comerciales señalados fueron ‘totalmente lícitos y se celebraron a precios de mercado’, lo que resta toda eficacia a su planteo”.
Para los ministros, se pudo acreditar que “la encausada quiso que el resultado delictivo sea una consecuencia de su propia acción y tuvo, además, el ánimo de lucro requerido por el tipo”.
Según subrayaron, “esas circunstancias, valoradas ya por dos instancias judiciales, llevaron a la conclusión de que esa decisión presidencial ‘relegó la ventaja económica para la administración pública por la ventaja económica para los intereses particulares a la postre beneficiados’ y de que ‘Fernández de Kirchner se representó los elementos objetivos del tipo al momento de dar comienzo a la acción típica y que previó la realización de estos y, por tanto, la producción del resultado’”.
/ámbito

Cómo llegan ambos seleccionados y las probables alineaciones de Lionel Scaloni y Néstor Lorenzo. El historial entre la Albiceleste y los Cafeteros. La tabla de posiciones de la clasificación de CONMEBOL para el Mundial 2026.
Hoy martes 10 de junio desde las 21:00 la selección argentina se enfrentará a su par de Colombiaen el Estadio Monumental por la fecha 16 de las Eliminatorias Sudamericanas rumbo al Mundial 2026. Las probables formaciones de Lionel Scaloni y Néstor Lorenzo.
Dónde ver el partido de Argentina vs Colombia en vivo online y por TV
El partido será televisado por TyC Sports, Telefe y TV Pública. Las señales televisivas se pueden sintonizar mediante plataformas de streaming como MiTelefe, DGO, Flow y Telecentro Play, entre otras.
La probable formación de Argentina hoy vs Colombia
Emiliano Martínez; Nahuel Molina, Cristian Romero, Nicolás Otamendi, Facundo Medina; Rodrigo De Paul, Leandro Paredes o Giuilano Simeone, Enzo Fernández, Thiago Almada; Lionel Messi y Julián Álvarez. DT: Lionel Scaloni.
La probable formación de Colombia hoy vs Argentina
Camilo Vargas; Daniel Muñoz, Davinson Sánchez, Jhon Lucumí, Cristian Borja; Jefferson Lerma, Kevin Castaño, Jhon Arias, Luis Díaz, James Rodríguez; Luis Suárez. DT: Néstor Lorenzo.
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