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NacionalPolítica & Economía 

Ley Bases: las claves de la reforma laboral que impactarían en los trabajadores.

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La ley Bases se debatirá este miércoles en la Cámara de Senadores tras la obtención del dictamen y, en este marco, el Centro de Investigación y Formación de la República Argentina (CIFRA) realizó un informe sobre los principales puntos de la reforma laboral incluida en el proyecto. ¿Cómo impactarían las medidas en el trabajo diario?

Reforma laboral: cómo impactaría en los trabajadores

Blanqueo Laboral

Entre los artículos 76 y 81, bajo el título «Promoción del empleo registrado», se plantea una serie de beneficios para los empleadores en caso de regularizar a sus trabajadores.

Con respecto a estos últimos, aclara que «cualquiera sea su antigüedad y su salario, sólo podrá tener acreditados hasta 5 años de aportes calculados sobre el monto del salario mínimo, vital y móvil, a los fines de reconocimiento para su jubilación».

Fondo de cese laboral

En el artículo 93 de de la reforma, se habilita que, a través de convenios colectivos de trabajo, se reemplacen las indemnizaciones por despido por la constitución de un fondo o sistema de cese laboral. Esto será «según disponga el Poder Ejecutivo” e indica que los empleadores podrán optar por contratar un servicio privado o autoasegurarse.

Sobre este punto, CIFRA sostiene que esto genera «más inestabilidad e incertidumbre y mayor disciplinamiento» porque con la creación de fondo de cese, las empresas pierden el desincentivo que tiene hoy al momento de querer despedir empleados.

Ampliación del periodo de prueba

En los artículos 89 y 95 se propone extender a 6 meses el tiempo periodo de prueba que tienen los trabajadores en un nuevo puesto.

Además, por convenio colectivo se puede ampliar hasta 8 meses en empresas de entre 6 y 100 trabajadores y hasta 1 año en empresas de menor tamaño. Durante ese tiempo, el trabajador puede ser despedido sin causa y sin indemnización.

Eliminación de Sanciones por no registro de empleados

La reforma laboral propone eliminar las indemnizaciones para los empleadores que no registran una relación laboral o lo hacen con un salario menor o fecha posterior a la real.

Según explica el informe, “al reducirse el costo de incumplir la ley, se desincentiva su cumplimiento efectivo, por lo que esta modificación tenderá a incrementar el empleo no registrado”.

Facilidades para ocultar relaciones laborales

Se incorporan medidas que permiten que las relaciones laborales “puedan quedar enmascaradas bajo formas que no implican relación de dependencia, y que los trabajadores pierdan los derechos correspondientes”. Por ejemplo, contratar empleados bajo la modalidad de colaboradores o de contratos de locación.

En estos casos CIFRA alerta que se promueve “una mayor precariedad de las relaciones laborales, con menos derechos” y “en el caso de que emitan facturas, se considerará que la relación con el empleador es comercial y no laboral”.

Tercerización laboral

Se elimina la prohibición a los empleadores de contratar a través de empresas de servicios temporarios o agencias de colocación en el caso del trabajo agrario. En todos los casos, los empleados se considerarán parte de las empresas intermediarias y no para las que presten servicios.

Limitación del derecho a la acción colectiva

Se incorporan como motivo de despido de los trabajadores las diferentes acciones que pueda llevar a cabo en medio de En el marco de un conflicto colectivo en la empresa.

Esto sería, por ejemplo, participar en bloqueos o tomas de establecimientos; obstrucción del ingreso o egreso al establecimiento y la afectación de de la libertad de trabajo de quienes no adhieran a la medida de fuerza.

Funcionamiento de sindicatos

El artículo 84 excluye a las asociaciones sindicales como posibles denunciantes de la falta de registración de las relaciones laborales, dejando esto solo en manos del trabajador. De esta manera, podrá denunciar la falta de registración ante la autoridad de aplicación, que deberá establecer un medio electrónico ante AFIP.

CIFRA sostiene que, en el caso de los trabajadores, ante cualquier denuncia deben “presentar a título personal cualquier irregularidad, lo cual puede desincentivar las denuncias por falta de conocimiento, patrocinio legal o temor a represalias”. Mientras que para los sindicatos representa un conflicto debido a que se reducen los aportes solidarios, lo que lleva a una pérdida de financiamiento.

Licencia por embarazo

En la legislación vigente, la licencia por embarazo es de 90 días, 45 días antes del parto y 45 días con posterioridad. Sin embargo, la persona gestante puede optar por reducir la licencia previa al parto a 30 días -período a partir del cual rige la prohibición de trabajar- y acumular los días restantes al período posterior.

En la reforma laboral se modifica la licencia y la prohibición de trabajar se reduce a 10 días previos al parto.

Empleo público

En este caso, “se busca facilitar despidos masivos de empleados de planta permanente, para lo cual se modifica la especificación del procedimiento para dejar en disponibilidad y luego despedir, del mismo modo en que se cambió la legislación durante la última dictadura”.

También la reforma laboral elimina la participación y el control de los trabajadores en los procesos concurso para acceder al cargos en la administración pública; prohíbe realizar tareas vinculadas a campañas electorales o partidarias durante el horario de trabajo y se limita el derecho a huelga al descontarse la remuneración proporcional al tiempo no trabajado.

@Ámbito

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El dólar blue escaló otros $40 y llegó a $1.340: la brecha con el oficial tocó un máximo de tres meses

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Conocé a cuánto opera el dólar blue, el dólar oficial, MEP y CCL.

El dólar blue aceleró su escalda alcista este lunes 14 de julio y cerró a $1.320 para la compra y a $1.340 para la venta, según los operadores de la city consultados por Ámbito.

El billete paralelo trepó otros $40 y anotó un nuevo máximo en tres meses, para acumular un ascenso de $115 (+9,4%) en apenas siete días.

Así, la brecha con el tipo de cambio oficial minorista se amplió al 6,2%, un máximo desde el 22 de abril pasado.

A cuánto cerró el dólar oficial hoy, lunes 14 de julio

En el segmento mayorista, que es la referencia del mercado, el dólar aumentó $18,50 a $1.280 por unidad.

El dólar oficial minorista cerró a $1.243,87 para compra y a $1.291,23 para la venta al inicio de la semana en el promedio de las entidades financieras que publica el Banco Central (BCRA).

Mientras tanto, en el Banco Nación el billete trepó $20 a $1.245 para la compra y $1.295 para la venta.

Cómo operó el dólar futuro hoy, lunes 14 de julio

En el mercado del dólar futuro, la mayoría de las posiciones operaron en alza. Los inversores «pricean» que el tipo de cambio mayorista alcanzará en diciembre los $1.445, un valor notoriamente más alto que el previsto en el adelanto del Presupuesto 2026 en torno a los $1.229.

Valor del dólar MEP hoy, lunes 14 de julio

El dólar MEP cotiza a $1.293 y el spread contra el dólar minorista se posiciona en el 0,8%.

Valor del dólar CCL hoy, lunes 14 de julio

El dólar Contado con Liquidación (CCL) opera a $1.301 y la brecha se ubica en 1%.

Precio del dólar tarjeta hoy, lunes 14 de julio

El dólar tarjeta o turista, y el dólar ahorro (o solidario), equivalente al dólar oficial minorista más un recargo del 30% deducible del Impuesto a las Ganancias, se ubicó en $1.683,50.

Cotización del dólar cripto hoy, lunes 14 de julio

El dólar cripto o dólar Bitcoin cotiza a $1.309, según Bitso.

Valor de Bitcoin hoy, lunes 14 de julio

El Bitcoin, la criptomoneda más popular del mercado, opera en los u$s119.722, según Binance.

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La inflación de junio fue del 1,6%, según el INDEC

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La inflación del mes pasado aceleró por primera vez en tres meses frente a la medición previa.

Por debajo de las mediciones privadas, pero por encima de la de mayo, la inflación de junio se ubicó en el 1,6% y acumuló 15,1% en el primer semestre, según informó en esta jornada el Índice de Estadísticas y Censos de la República Argentina (INDEC). Educación, por su parte, estuvo entre lo que más subió del mes, junto con los precios «regulados» y alimentos, por su parte, en lo que menos avanzó, junto con «la núcleo» y los «estacionales» que bajaron y jugaron a favor.

La inflación de junio fue del 1,6% y volvió a acelerar después de marcar dos meses con menores incrementos, como lo fue mayo con el 1,5% y con el 2,8%. Por su parte, marzo fue el valor más alto del año con el 3,7% y los primeros dos meses del año se ubicaron en el 2,2% en enero, y 2,4% en febrero. Lo que marca 15,1% en el primer semestre y 39,4% a nivel interanual, el menor valor desde enero del 2021.

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YPF: la jueza Loretta Preska rechazó pedido de Argentina y ratificó el traspaso del 51% de acciones

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La jueza de Nueva York ratificó que el Estado nacional debe entregar el 51% de las acciones de YPF a los ganadores del juicio por la expropiación.

La jueza de Nueva York Loretta Preska rechazó un planteo de los abogados de Argentina para suspender la ejecución de la sentencia a favor de los fondos buitres y ratificó que el Estado nacional debe entregar el 51% de las acciones de YPF a los ganadores del juicio por la expropiación de la petrolera bandera del 2012.

Aunque todavía hay varias instancias judiciales abiertas, incluso una apelación solicitada por el país que puede estar en trámite dos años, el caso se podría encaminar en llegar en los próximos meses a la Corte Suprema de los EEUU.

Los fondos buitre ganadores insisten en que se abra una etapa de negociación entre altos funcionarios del gobierno de Javier Milei y sus representantes. Los defensores de la Argentina esperan que algún tribunal de alzada les de la razón. Este martes por la mañana habrá una reunión clave entre las partes en Nueva York, que podría destrabar la situación.

Cómo sigue el juicio por la expropiación de YPF

El Gobierno nacional apeló el fallo el jueves ante la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito. En su presentación, la defensa argentina dejó abierta la posibilidad de recurrir a la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos si el fallo vuelve a ser desfavorable. Por ahora este pedido no tiene resolución y puede estar en trámite durante por lo menos dos años.

Lo que la jueza ya definidió fue una solicitud paralela para frenar la ejecución del fallo que ordenó a la Argentina pagar u$s16.099 millones en compensación por la expropiación irregular de YPF durante el segundo gobierno de Cristina Ferández de Kirchner.

La Justicia de EEUU ordenó que la Argentina le transfiera el 51% de las acciones de YPF a los fondos buitres demandantes.

La Justicia de EEUU ordenó que la Argentina le transfiera el 51% de las acciones de YPF a los fondos buitres demandantes.

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Entre sus argumentos centrales, los abogados del país sostienen que la orden de Preska viola el derecho federal norteamericano, así como la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras (FSIA) y principios de cortesía internacional.

También mencionan la Declaración de Interés del Departamento de Justicia de EEUU, considerada como un respaldo institucional al país durante la administración de Donald Trump.

Por último, la apelación advierte sobre un posible “ejercicio inconstitucional de jurisdicción extraterritorial” por parte del tribunal que emitió la condena.

Causa YPF: por qué apelaron los abogados de la Argentina antes de tiempo

En respuesta a esa presentación de los fondos, los abogados estadounidenses del estudio Cleary Gottlieb Steen & Hamilton LLP contratado por la Procuración del Tesoro -hoy a cargo de Santiago María Castro Videla- respondieron con los principales argumentos esgrimidos por la Argentina, que rechazan el fallo de Preska y la entrega de acciones.

Según comentaron fuentes ligadas al caso, los estrategas del estudio apelaron sin aguardar por una definición de Loretta Preska sobre el pedido de “stay” realizado anteriormente. Esta apelación se esperaba para los próximos 15 días, no ahora. Posiblemente, los abogados esperan otro rotundo revés contra el país en este juicio, y una orden de embargo dirigida a instituciones financieras de EEUU. Por ese motivo y para ganar tiempo, decidieron presentar cuanto antes la apelación y que sea un tribunal de alzada el que defina los pasos a seguir.

YPF no forma parte del juicio, ni del proceso en el Segundo Distrito judicial de Nueva York, sino que es uno de los «botines» junto a Vaca Muerta del pleito entre privados y el Estado nacional. YPF no tiene abogados trabajando en el caso, ni forma parte de las negociaciones ni presentaciones oficiales.

De hecho, el presidente y CEO de YPF, Horacio Marín, se mantuvo al margen del caso. «Yo soy ejecutivo, empleado de YPF, y Burford hizo un juicio a YPF y al Estado nacional. La jueza Preska falló a favor de YPF, falló en contra de la República. No puedo opinar«, apuntó.

Lo que Marín buscó resaltar es que la jueza quitó a YPF del centro del proceso, y focalizó las presuntas irregularidades en el accionar del Estado nacional, en particular, del Poder Ejecutivo y Legislativo.

Los motivos del rechazo de la Argentina a la sentencia de Loretta Preska

En el caso Eton Park, los abogados del Estado hablaron de “la naturaleza excepcional y cuestiones legales sin resolver” y destacaron que se trata de un caso sin precedentes, con un fallo en apelación y fundamentos jurídicos complejos. “Incluso el gobierno de Estados Unidos ha manifestado diferencias con la interpretación del tribunal”, destacan.

El temor del gobierno de EEUU es que el cumplimiento de un embargo forzado de empresas argentinas abra una jurisprudencia internacional que viole las leyes estadounidenses, porque al mismo tiempo permitiría -en un futuro hipotético- que haya algún tipo de reciprocidad y que la Argentina pueda hacer lo mismo -quedarse forzadamente- con alguna empresa o un activo soberano de EEUU.

Otro argumento es el daño irreparable e imposibilidad de cumplimiento legal, ya que ejecutar el “turnover” forzaría a la Argentina a violar su legislación nacional y a perder el control estatal sobre YPF de manera irreversible. Como dijo Kicillof, las acciones de YPF «sólo se pueden entregar por una ley votada por dos tercios del Congreso» como lo establece la ley que se aprobó en 2012 por amplia mayoría parlamentaria.

Por último, se esgrimió la ausencia de perjuicio para los demandantes e interés público. Según la defensa argentina, no existe daño concreto si se suspende la ejecución, dado que la legislación local impide la venta de acciones sin aval legislativo. Además, avanzar con la orden afectaría a terceros no involucrados -como provincias y bonistas- y podría activar cláusulas perjudiciales para YPF.

/ámbito

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