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NacionalActualidad

La Corte Suprema declaró inconstitucional la reelección indefinida en Formosa

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La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inconstitucional la reelección indefinida del gobernador de Formosa, al considerar que el artículo 132 de la carta magna provincial que le permitió a Gildo Insfrán estar frente al Poder Ejecutivo desde 1995 choca con la Constitución Nacional.

El fallo de este jueves del máximo tribunal responde a un amparo presentado por la Confederación Frente Amplio Formoseño contra el octavo mandato consecutivo que obtuvo Insfrán para el período 2023-2027.

Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti aseguraron que las provincias «deben ajustarse a los límites de la Constitución Nacional» y argumentaron que la reelección ilimitada «fomenta la personalización del poder, debilitando el sistema de frenos y contrapesos, y otorgando ventajas inadecuadas en contiendas electorales»

En ese sentido, los magistrados sostuvieron que Formosa debe llevar adelante una reforma constitucional que cambie la normativa actual.

Carlos Rosenkrantz, por su parte, fue más allá y dijo que el gobernador no debió haber sido habilitado para presentarse en 2023, aunque con el objetivo de «respetar» la vida institucional de la provincia y el principio republicano dispuso «que el actual gobernador» pueda «terminar el mandato que culminará el 10 de diciembre de 2027″.

Insfrán fue elegido por primera vez vicegobernador el 10 de diciembre de 1987, cuando la Constitución provincial no permitía la reelección de los cargos de gobernador y vicegobernador. En ese mandato, la Constitución sufrió una reforma que le permitió al formoseño ser reelegido como vicegobernador por cuatro años más, ser elegido gobernador en 1995 y después en 1999. 

Luego, la Constitución de la provincia fue reformada nuevamente, habilitando su reelección como gobernador sin límite temporal.

Los argumentos de la Corte Suprema

Para dictar la inconstitucionalidad del artículo 132 de la carta magna provincial, Rosenkrantz mencionó que Insfrán “ha ejercido ininterrumpidamente los más altos cargos provinciales por un total de treinta y siete (37) años y si finaliza el mandato en curso ese ya desmedido lapso se extenderá a cuarenta (40) años». La oficialización de la nueva candidatura, sostuvo el magistrado, «implicó validar su aspiración de acceder a un décimo mandato consecutivo”.

“No existe duda de que habilitar a que una persona se desempeñe esa cantidad de años de manera ininterrumpida en los más altos cargos provinciales impone un costo intolerablemente alto al sistema republicano, por cuanto la falta de renovación en el poder facilita el surgimiento de prácticas autoritarias de su ejercicio e imposibilita que la política democrática se desarrolle sanamente”, opinó.

En el caso de Lorenzetti, planteó que una cláusula de reelección indefinida afecta los principios republicanos, en especial, la periodicidad en los cargos públicos, la garantía de las personas a un rango de opciones electorales suficientemente amplio y la división de poderes. 

En ese marco, Lorenzetti reconoció que la reelección es posible, pero es inconstitucional en la medida en que llegue a ser incompatible con los principios del estado de derecho, lo que ocurre cuando se establece con claridad que es el camino para lograr una concentración de poder que permite desnaturalizar el control que deben ejercer otros poderes del estado, y disminuir drásticamente las opciones electorales de las personas.

«Atenta contra el propio principio democrático»

Rosatti y Maqueda expresaron, en tanto, que “el tema a decidir en la presente causa remite al clásico debate que enfrenta a la vigencia i) del respeto a la voluntad popular, y ii) la alternancia en el ejercicio de los cargos, entendiendo que ambos operan como presupuestos del sistema democrático y republicano». Y aclararon: «Conforme al primer criterio, la voluntad popular se expresa mediante el voto de los electores, debiéndose estar al principio de la mayoría. Conforme al segundo criterio, existiría un consenso previo sobre lo que debe entenderse por régimen republicano, un legado valioso cuya inobservancia descalifica al régimen infractor”.

En ese sentido, sostuvieron que «cuando se trata de habilitar una reelección (o dos), parece claro que el principio de la mayoría -como manifestación de la voluntad popular- es el que debe imperar. El problema se suscita con cláusulas como la del art. 132 de la Constitución formoseña que prevé la reelección ilimitada. En estos casos, la cuestión parece dejar de ser meramente cuantitativa para transformarse en cualitativa».

“La personalización del Poder Ejecutivo por un tiempo extenso e ilimitado debilita el sistema de frenos y contrapesos. La permanencia de una misma persona en el poder por un largo período de tiempo invalida esta salvaguarda republicana”, plantearon.

Y agregaron: “La reelección indefinida no solo diluye la separación de poderes sino que también atenta contra el propio principio democrático. Una reelección sin límites, lejos de constituir la máxima realización de la voluntad popular, permite que quien se encuentra en ejercicio del poder acumule –tras varios mandatos sucesivos– ventajas inadecuadas para una leal contienda electoral”.

Según los magistrados, “la forma de compatibilizar el respeto a la voluntad popular y la alternancia en el ejercicio del poder, maximizando la vigencia del principio de soberanía popular y minimizando la subjetividad personalista, se deduce de la propia Constitución Nacional luego de la reforma de 1994″. Por eso, añadieron, “esta Corte entiende que hay proscripción cuando se impide a un partido político presentarse como oferta electoral, pero no cuando a una persona candidata se le limita la cantidad de ocasiones continuadas o sucesivas en las que puede postularse. Este es el razonamiento virtuoso que permite maximizar los principios de voluntad popular y el favorecimiento de la alternancia evitando, respectivamente, la proscripción subjetiva y la personalización del poder”.

“Es claro que no compete a la Corte subrogar el ejercicio del poder constituyente local definiendo cuál es el número máximo razonable de reelecciones gubernamentales, sino de establecer el marco dentro del cual el ejercicio de dicha potestad queda encuadrado en los límites de la Constitución Nacional”, señalaron. 

En ese marco, declararon “la inconstitucionalidad de la norma que dispone la reelección ilimitada del gobernador y vice gobernador de una provincia». Y precisaron: «en el caso, la descalificación debe alcanzar al art 132 de la Constitución de la Provincia de Formosa, por resultar violatoria de los arts. 5°, 123 y concordantes de la Constitución Nacional”.

Aclararon, no obstante, que la intervención del Tribunal “debe limitarse a la invalidación de la norma bajo examen, estándole vedado ofrecer una alternativa especifica en su reemplazo, so pena de inmiscuirse en el poder constituyente local con menoscabo del sistema federal previsto en la misma cláusula que el republicanismo (art. 1° de la Constitución Nacional), cuya salvaguarda se procura con la presente decisión». Por consiguiente, 2el texto de la cláusula reeleccionista formoseña deberá ser corregido mediante el procedimiento constitucional previsto en la carta magna provincial”, concluyeron.

/P12

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Hallaron las 150 computadoras de la Policía de San Juan que denunciaron que no estaban

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A un año y cuatro meses de la denuncia contra la Policía de San Juan por la compra de 150 computadoras que nunca aparecieron, ahora en este 2025 fueron encontradas.

En la causa que puso en la lupa la gestión del ex jefe de la Policía de San Juan, Luis Martínez, por el presunto desvío de fondos públicos en compras de equipamiento informático y otros artefactos, que nunca aparecieron o no se sabe a donde fueron a parar, hubo novedades y las 150 computadoras denunciadas fueron halladas.

El pasado viernes 1 de agosto en un allanamiento de la UFI Delitos Especiales, que actuó de oficio en el hecho teniendo en cuenta que había un conflicto de competencias entre la Justicia local y la federal, fueron encontrados en un depósito de Capital los equipos informáticos, los que en abril del 2024 había denunciado el ex tesorero de la fuerza, Oscar Vanetti, porque no aparecían por ningún lado. A su vez, después de ese hecho, el mismo entonces funcionario policial fue denunciado por la Policía por peculado, es decir, mal manejo de fondos públicos, algo que según él mismo declaró, fue una causa armada. Este hecho le costó estar un año preso, aunque después la Justicia confirmó que no había elementos en su contra, pese a que ya había aceptado un juicio abreviado y recibió una condena.

Los cierto es que el pasado viernes, en un allanamiento realizado inmediaciones de calle Hipólito Irigoyen y Estados Unidos, en la Capital sanjuanina, el fiscal Nicolás Schiattino realizó un procedimiento en un depósito y encontró las 150 computadoras, hecho que confirmó a Diario Huarpe.

Luis Martínez ex Jefe de la Policía de San Juan.

Cabe recordar que tras la trascendencia periodística que cobró este hecho, se desataron una serie de denuncias de las que fueron parte desde el ex jefe de la Policía de San Juan, Luis Walter Martínez, el cual también denunció para que se investigue lo que decía el ex tesorero Vanetti; también Gustavo Sánchez, secretario de Seguridad de la gestión de Marcelo Orrego, quien tras asumir su gestión en el 2023, hizo la denuncia para que se investigue ese presunto mal uso de fondos públicos durante lo que fue la gestión de gobierno de Sergio Uñac. Durante ese período, quien fue secretario de Seguridad, fue Carlos Munisaga. Por otro lado, ya en este 2025, Sánchez fue reemplazado en Seguridad por Enrique Delgado.


El ex secretario de seguridad Gustavo Sánchez también denunciante.

El hallazgo

Tras la investigación de la UFI Delitos Especiales con el fiscal Schiattino fueron encontradas las 150 computadoras, embaladas y con su envase original, es decir que estaban como intactas.

Tras la consulta de Diario Huarpe, el fiscal Schiattino fue escueto al confirmar el hallazgo de las computadoras y ante la pregunta de porque no se dio a conocer este hallazgo tan importante debido a la trascendencia del hecho, indicó que estaban trabajando en el caso y que la investigación continúa. Tampoco se conocieron detalles de cómo llegaron al lugar las computadoras que allí estaban almacenadas.

Ahora resta conocer, acorde a la investigación, por qué estaban esas computadoras allí y por qué ningún funcionario policial o de Seguridad no aclararon la situación luego de las denuncias.

Con este hallazgo, desde la Justicia esperan que se desprendan una serie de datos clave para la investigación y resolución, ya que aún se debe investigar el uso de los $90 millones que el Ministerio de Seguridad de la Nación envió a la provincia para equipar al Cisem 911 que por ese entonces estaba en proceso de armado.

/DH

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Tres heridos en un choque en Circunvalación, una adolescente fue trasladada al Rawson

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El accidente ocurrió en el lateral de Circunvalación, a la altura de Ignacio de la Roza. Los mayores de edad involucrados en el siniestro fueron asistidos en el lugar.

Un siniestro vial ocurrido en la tarde de este sábado dejó como saldo tres personas heridas, entre ellas una menor de edad. El hecho se registró en el lateral de Avenida de Circunvalación, a la altura de Ignacio de la Roza, en plena Capital sanjuanina.

De acuerdo con los primeros datos, en uno de los vehículos viajaban una mujer de aproximadamente 30 años y una adolescente de 13, quien sufrió golpes en el rostro como consecuencia del impacto. Ambas fueron asistidas en el lugar por personal del servicio de emergencias médicas. 

Otro de los datos que mencionaron es que la menor fue trasladada al Hospital Rawson, donde quedó en observación. La mujer, en tanto, no presentó lesiones graves, aunque permaneció dentro del vehículo durante varios minutos por el estado de shock que le provocó el choque.

El otro rodado implicado era conducido por un hombre de unos 60 años, quien también recibió atención médica en el lugar. Según se informó, sufrió un golpe leve por el despliegue del airbag, sin mayores consecuencias. En medio del operativo, personal de una estación de servicio cercana colaboró con conos para ordenar el tránsito, que se vio parcialmente interrumpido.

/C13

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El SMN emitió una alerta amarilla por fuertes vientos para San Juan

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El Servicio Meteorológico Nacional informó que el fenómeno afectará la zona precordillerana durante toda la jornada del sábado.

El Servicio Meteorológico Nacional (SMN) renovó este viernes la alerta amarilla por fuertes vientos en un sector de la provincia de San Juan, que se mantendrá vigente durante toda la jornada del sábado 2 de agosto.

Según detalló el organismo, la zona afectada será el departamento de Calingasta, especialmente en su sector precordillerano, donde se prevé la mayor intensidad del fenómeno climático.

“El área cordillerana será afectada por vientos del sector oeste con velocidades que oscilarán entre los 50 y 70 km/h, con ráfagas que pueden superar los 100 km/h, particularmente en los niveles más elevados”, indica el comunicado oficial emitido por el SMN.

En cuanto a las condiciones generales del clima para ese día, se espera una temperatura mínima de 3° y una máxima de 18°, lo que marcará una jornada fresca, con importantes variaciones térmicas.

Desde Protección Civil recomiendan evitar actividades al aire libre en zonas expuestas, asegurar objetos que puedan volarse y estar atentos a cualquier actualización meteorológica oficial.

La alerta amarilla implica un fenómeno climático con capacidad de daño y riesgo de interrupción momentánea de actividades cotidianas, por lo que se solicita a los vecinos de Calingasta tomar las precauciones necesarias.

/TSJ

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