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NacionalPolítica & Economía 

La Cámara dio un paso atras en la reforma laboral del DNU de Milei, pero el Gobierno apelará.

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La constitucionalidad del DNU de Javier Milei, puesta en duda por los amparos que la sucedieron, ingresó a terreno judicial antes que al legislativo. Al fallo de este miércoles por parte de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, se da marcha atrás en la reforma laboral incluida entre los pliegos del decreto. Sin embargo, el Gobierno decidió apelar la medida, aunque esta iniciativa no tiene carácter suspensivo -de momento- de la decisión de la Cámara.

El Procurador General del TesoroRodolfo Barra, avanzó con la apelación y pedirá que la causa pase a la Cámara en Lo Contencioso Administrativo Federal, tomando el argumento de la magistrada Dora González, quien votó en minoría en el fallo de la justicia laboral y adhirió a la posición del fiscal general, Juan Manuel Domínguez, que había expresado que el caso específico -en este caso, una apelación de la CGT– debería ser tratado por la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, recinto que acumula los distintos expedientes contra el DNU.

«Se pedirá inmediatamente la incompetencia del Fuero del Trabajo, ya que en una discusión de competencias positivas cuando participa el fuero administrativo, corresponde al fuero administrativo saldar la decisión», señalaron los abogados del Estado, encabezados por Barra, y consideraron que «están desoyendo el criterio que adoptaron todos los otros tribunales del país, tanto en la ciudad como en el interior, que enviaron la causa al juez natural y universal que conoce en todos los asuntos».

En el caso de que la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal se pronuncie competente para tratar el caso, se llegará a un conflicto con la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo que devendrá en una intervención de la Corte Suprema, quien deberá manifestarse al respecto de cuál es el fuero correspondiente.

El fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo contra el DNU

La Cámara Nacional del Trabajo dictó este miércoles una medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) dictado por el Gobierno de Javier Milei, según informaron fuentes judiciales.

«Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados«, decidieron los jueces en el marco del expediente inaugurado a partir de una presentación de la CGT.

La medida cautelar, en este marco, suspenderá todas las modificaciones en materia laboral dispuesta por el Poder Ejecutivo a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) publicado el 21 de diciembre y aplicado efectivamente el pasado viernes, como ser:

  • Período de pruebas de ocho meses.
  • Licencia por embarazo: las personas gestantes tendrán prohibido trabajar “durante los cuarenta y cinco (45) días anteriores al parto y hasta cuarenta y cinco (45) días después del mismo”. Sin embargo, la persona interesada podrá optar por que se le reduzca la licencia anterior al parto, que en tal caso no podrá ser inferior a diez (10) días.
  • Reducción de indemnizaciones por antigüedad o despido.
  • En el marco de los servicios esenciales y de «importancia trascendental», con el cumplimiento del 75% de las actividades, los trabajadores verán obstruido su derecho a huelga.

Fallo de Justicia laboral contra el DNU: qué dijeron los jueces

La decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo obtuvo los votos a favor de los magistrados José Alejandro Sudera y Andrea García Vior y la mencionada oposición de la jueza Dora González. Los jueces que dieron curso a la apelación de la CGT consideraron que «no se evidenciaría objetivamente la ´necesidad´ de adoptar tan numerosas medidas y que, aunque ello pudiera -hipotéticamente- intentar justificarse en la referencias genéricas a ‘un hecho demostrado’, lo cierto y jurídicamente relevante es que no se avizorarían las que se alegan constituyan razones de ‘urgencia’ para eludir la debida intervención del Poder Legislativo en lo que hace a la legislación de fondo».

Posteriormente, en el fallo sostienen que «no se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal, máxime cuando el propio decreto reconoce que se encuentra estancada hace 12 años, lo que impide -en principio- considerar la irrupción de alguna circunstancia súbita, imprevisible o de extrema ‘excepcionalidad’«.

«Varias de las normas que el Poder Ejecutivo Nacional pretende modificar sin darle intervención a los legisladores tienen naturaleza represiva o sancionatoria al punto que se las ha incluido como integrativas del derecho penal laboral, calificadas como ‘leyes antievasión'», manifestaron y añadieron que «las consideraciones genéricas expuestas en los considerandos de los Decretos de Necesidad y Urgencia resultan inhábiles para justificar el dictado de medidas legislativas por parte del Poder Ejecutivo Nacional».

@Ámbito

/Fuente de imagen:Ámbito

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Milei celebró estar del «lado correcto de la historia» tras el ataque de EE.UU a Irán

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El Presidente compartió el posteo del ministro de Defensa, Luis Petri, tras la escalada en el conflicto de Medio Oriente.

El presidente Javier Milei rápidamente se hizo eco del ataque de Estados Unidos a las centrales nucleares de Irán. A través de sus redes sociales, el mandatario se encargó de repostear apoyos al accionar del país norteamericano y celebró que Argentina «esté del lado correcto de la Historia».

/Ed

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Una empresa subió un 5% el precio de la nafta: ¿qué haría YPF?

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Debido al conflicto que se vive actualmente en el Medio Oriente, los valores del combustible comenzaron a variar.

El enfrentamiento entre Israel e Irán en Medio Oriente ha hecho que los precios del combustible se modifiquen a nivel mundial. En ese sentido, Puma, una firma petrolera que tiene presencia en San Juan, ya ha aumentado sus precios en un 5%. YPF aún no define qué hará en sus locales.

La mencionada firma ha incrementado los valores de la nafta y el gasoil a partir de este sábado 21 de junio. Por el momento, se espera que Raízen, que es la compañía que comercializa los combustibles que ofrece Shell, también se sume a esta tendencia.

En el caso de YPF, que con diferencia es la petrolera que domina el mercado en Argentina, todavía no ha existido una comunicación oficial sobre esta situación. De esta forma, será cuestión de esperar.

Cabe destacar que la acción que aplique YPF es de suma relevancia. Esto tiene que ver con que muchos competidores esperan que ellos tomen una decisión para luego seguir sus pasos de cara al precio de venta para el público.

Por último, es importante recordar que la última suba se registró a comienzos de junio. En ese momento se trató de un 1% que dejó los precios en San Juan de la siguiente forma:

  • Nafta Super: $ 1.237
  • Infinia Nafta: $ 1.454
  • Diésel: $ 1.259
  • Infinia Diésel: $ 1.414

/C13

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El BCRA eliminó otro control sobre las operaciones en dólares

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El ente regulador vuelve a quitar regulaciones sobre las operaciones en la moneda estadounidense. Los cambios estarán vigentes desde el lunes 23 de junio.

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) presentó nuevos cambios en sus regulaciones con el objetivo de avanzar con el plan dólares del colchón e incentivar el uso de la moneda extranjera en el sistema financiero. En ese sentido, el pasado viernes el organismo suspendió el régimen informativo de «Anticipo de operaciones cambiarias».

En detalle, la normativa regulaba el tiempo con el que las entidades financieras debían enviarle la información sobre operaciones mayores a u$s100.000 al BCRA. Los cambios se oficializaron en la Comunicación «A» 8261 del organismo y entrarán en vigencia a partir del lunes 23 de junio.

Qué cambios dispuso el BCRA sobre el uso de dólares

La nueva medida del BCRA – dirigido por Santiago Bausili – dispone la suspensión del régimen informativo de «Anticipo de operaciones cambiarias», que estaba en vigencia desde 2019.

La normativa exigía a las entidades financieras enviarle – con una antelación de 48 horas hábiles – el detalle de todas las operaciones de cambio mayores a u$s100.000. Esto afectaba tanto a aquellas que sean hechas por personas humanas como por empresas (personas jurídicas).

A raíz de la Comunicación «A» 8261, el BCRA anunció – el pasado jueves 19 de junio – que dejará sin efecto dicho régimen informativo. Como consecuencia, desde el próximo lunes 23, las entidades no estarán obligadas a dar el detalle dentro del marco de tiempo estipulado.

La anulación del régimen informativo llega poco más de dos meses después de los anuncio del levantamiento del cepo y una mayor liberación del acceso al mercado de cambios oficial para las personas. A pesar del norte marcado por el Gobierno, sobre las empresas aún rigen una serie de restricciones.

De esta manera, la gestión de Javier Milei busca eliminar más restricciones, a la vez que la decisión es un reflejo de la mayor liquidez que presenta el BCRA en las últimas semanas.

/ámbito

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