Es la iniciativa que presentó en la Legislatura el diputado ullunero Leopoldo Soler. Los detalles de la normativa que se intenta impulsar.
El jueves pasado tomó estado parlamentario en la Cámara de Diputados un proyecto que propone realizar la caza de jabalíes dado que, según menciona, es una amenaza para animales de granja y especies autóctonas de la provincia. Hace meses surgió la versión que podía habilitarse este tipo de cacería pero luego quedó descartada.
Ahora, con esta presentación que busca ser ley podría existir un marco legal para proceder a la caza de estos animales. Pero, el interrogante es quiénes podrán cazar y en qué periodo, en caso de aprobarse lo propuesto por el legislador ullunero Leopoldo Soler.
Dentro de los fundamentos que presenta la iniciativa, aseguran que se pretende autorizar la caza debido a los daños ecológicos, económicos y productivos que la especie que no es autóctona de San Juan y, además, representa una alarma tanto para vecinos como para productores Que aseguran que estos animales causan un desequilibrio ambiental.
Pero el interrogante que se dispara es acerca de quiénes podrán proceder con la caza de los animales en cuestión. Y es uno de los articulados de la presentación la que menciona quiénes serán los encargados de la fiscalización o autoridad de aplicación.
La “caza deberá realizarse bajo estricto control y fiscalización de la autoridad de aplicación, que establecerá anualmente un plan de manejo poblacional, incluyendo las zonas habilitadas”, describe el proyecto de Soler. Y en el artículo siguiente norma que “sólo podrán acceder a los permisos de caza las personas físicas mayores de edad” y estos deberán estar anotados en un “Registro Provincial de Cazadores Autorizados que será creado a tal efecto”.
En caso de aprobarse el proyecto, también se establece el periodo del año en el que se podrá llevar adelante la caza de los animales mencionados. “La caza deberá efectuarse únicamente durante el periodo comprendido entre el 1º de febrero y el 31 de octubre de cada año, en horarios diurnos, y utilizando exclusivamente armas de fuego habilitadas por la legislación nacional”, describe el artículo 5 de la presentación.
Dentro de esta práctica, lo que quedaría prohibido sería el uso de trampas ilegales, productos tóxicos, métodos de caza crueles “o cualquier otra modalidad que vulnere la Ley Provincial N° 6912 de Protección de la Fauna Silvestre”.
Este proyecto prevé que pueda llevarse adelante la caza pero sin atentar contra la ley que prohíbe la caza general en la provincia, sentada en la Ley Provincial N° 6911, que en uno de sus artículos prevé una excepción que aplica en casos de plagas dañinas.
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