El insólito momento se registró en las inmediaciones de la Comisaría 5ta, por lo que el agresor rápidamente fue detenido por las autoridades. Ahora, admitió su conducta violenta y fue castigado con dinero y tareas comunitarias.
Un insólito hecho se desató el sábado último, cuando un sujeto que discutía con su amigo enloqueció y, como consecuencia, le destrozó el parabrisas de la camioneta con una silla. Se trata de Miguel Ángel Yúdica, quien admitió su conducta agresiva y fue castigado por el delito de daño.
Según indicaron fuentes judiciales, el incidente se registró alrededor de la 01:30 horas, en Santa Lucía, cuando la víctima y el victimario peleaban en inmediaciones del local comercial del damnificado. Acorde la teoría del caso, la conversación entre los amigos empezó a elevar el tono y, cuando uno de ellos decidió retirarse, el otro reaccionó de la peor manera.
Yúdica comenzó a insultar y a intimidar al dueño del vehículo, perdiendo el control de sus emociones. En un arrebato de ira, tomó una silla de hierro perteneciente al local y la lanzó contra el parabrisas del rodado, rompiendo el vidrio y causando un golpe en la chapa del vehículo. No conforme con el daño inicial, Yudica tomó una segunda silla y volvió a lanzar el objeto contra la camioneta, produciendo daños mayores.
Afortunadamente, una persona que presenció la escena dio aviso a las autoridades de la Comisaría 5ta, a escasos metros del suceso y, por ello, oficiales llegaron de inmediato al lugar y procedieron con la aprehensión del violento sujeto. Tras ser detenido, Flagrancia intervino y al imputado no le quedó más remedio que admitir la agresión y acordar una salida alternativa.
La fiscal del caso, Yanina Galante, dispuso con la defensa del acusado una suspensión de juicio a prueba por un plazo de un año. Además, se estableció como parte de su condena una reparación simbólica de $100.000 a favor de merenderos locales, así como trabajo no remunerado en la Municipalidad de Rivadavia, con 50 horas de servicio en un plazo de 6 meses.
También se dictó una prohibición de acercamiento de 100 metros hacia el damnificado, además de prohibirle realizar actos molestos o turbatorios hacia él, ya sea de manera directa o a través de terceros. Las reglas de conducta impuestas en el Artículo 27 bis del Código Penal deberán ser cumplidas estrictamente por el acusado durante el periodo de prueba.
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