Sociedad Sucesos
Caso Walter Bustos: Desde el Arzobispado aseguraron que la víctima no quería que la causa se hiciera pública.

El presbítero David Gómez señaló que el escrito por parte de la víctima se recibió en el 2018 y se elevó a Roma. La madre del menor habría pedido en ese momento que no se hiciera público.
Este lunes, en la sede del Arzobispado de San Juan, el obispo Jorge Lozano y el presbítero David Gómez encabezaron una conferencia de prensa para aclarar la postura de la Iglesia Católica ante la denuncia por presunto abuso sexual del presbítero Walter Bustos. También estuvieron presentes los abogados Rubén Lloveras y Cristina Naveda quienes dieron la explicación legal.
En este escenario, el presbítero David Gómez, que estuvo a cargo de la investigación allá por el 2018 cuando se recibió la denuncia por parte de la víctima, explicó que el primer paso que tomó la Iglesia fue recomendar que hicieran la denuncia judicial. Ante esto, aseguraron que la madre del chico y este mismo no quisieron que se hiciera público.
«En ese momento no querían hacerlo porque de la Iglesia recibían una ayuda muy importante y no querían ser apartados ni sufrir bullying. Así lo manifestó la madre en ese momento y la presunta víctima», comenzó explicando Gómez quien subrayó que la ayuda que recibieron fue espiritual.
«El chico había empezado a concurrir a la iglesia y la madre estaba muy contenta, muy feliz, porque había empezado a recibir apoyo espiritual de quien era párroco en el Valle», agregó Gómez.
Dicho procedimiento implica «guardar secreto de lo actuado» porque «no es nuestra función ventilar las cosas». «Nosotros no podemos andar ventilando nada y guardamos secretos de lo actuado cuidando el pudor del chico, la honra y el mal momento que ha pasado», señaló Gómez.
Sin embargo, aclaró que nunca se le pidió al chico ni a la familia «guardar secreto de las cosas, eso jamás». «Siempre ha sido para colaborar con la víctima, de hecho recibió ayuda espiritual», subrayó destacando: «antes teníamos que decirle, vaya y denuncie. El ánimo era no ocultar».
El abogado Rubén Lloveras aclaró que el padre David Gómez se puso «a disposición de la justicia» para aportar toda la información que tenía el Arzobispado en cuanto a este tema. Sin embargo no pudo presentarla porque desde la Comisaría jurisdiccional le dijeron que ya lo iban a citar.
«El padre David fue citado a declarar testimonial, por una célula escrita. Cuando estaba presto a declarar hubo una contra orden y lo notificaron por medio de los agentes de la Comisaría que no se presentara. Él había juntado toda la documentación necesaria y por eso mismo hemos presentado el expediente», señaló Lloveras subrayando que Gómez «estaba esperando la citación para aclarar cada uno de los puntos«.
@LV1.
/Imagen principal: LV1/


Un joven que trabaja como delivery fue a dejar una entrega a un barrio en Concepción y fue víctima de un violento robo. Lo maniataron, golpearon y le robaron la moto.
Un joven fue víctima de un violento atraco en la ciudad de Concepción, donde fue sorprendido por un delincuente que lo golpeó con la culata de un arma de fuego, lo maniató y le robó sus pertenencias, incluida la moto y el teléfono celular.
Los hechos ocurrieron cuando el joven realizaba una entrega como delivery. Fueron interceptados por al menos un individuo armado, quien aprovechó la situación para agredirlo físicamente, impactando con la culata del arma en la cabeza o rostro, y luego lo mantuvo inmovilizado mientras sustraía sus objetos de valor.
Una vez neutralizada la resistencia, el agresor huyó con la motocicleta de uso laboral del joven y su teléfono celular, dejándolo herido y atado en el lugar.
Este tipo de atraco armado, en el que se emplea violencia física con armas, está tipificado como un delito agravado. La utilización de armas de fuego y agresión directa coloca el hecho en la categoría de alto peligro para la víctima, con penas más severas si hay lesiones físicas.
En este caso, no sólo hubo intimidación, sino también agresión con arma, lo que configura un robo con violencia agravada, que podría implicar sanciones más duras bajo el código penal local.
/C13

El taxista llevaba a una pasajera que terminó con lesiones en su cara y tuvo que ser trasladada al Hospital Rawson.
Este jueves a la noche, en la esquina de San Luis y Entre Ríos se registró un fuerte choque entre dos autos. Una joven, que iba a bordo de un taxi, fue la única lesionada y tuvo que ser trasladada al hospital para que fuera atendida.
Los autos protagonistas fueron un taxi Fiat Siena y un Fiat Cronos. El Siena era conducido por Ángel Monasterio (58) y llevaba a una pasajera de 19 años, identificada como Nélida Guadalupe Mallea.

Este vehículo circulaba por Entre Ríos de Sur a Norte. Según el aporte de un testigo, el Siena intentó pasar calle San Luis, cuando tenía el semáforo en verde, y fue embestido por el Fiat Cronos que venía por San Luis de Este a Oeste.
Este último vehículo era conducido por Mauricio Pedernera, que no es el dueño. Él manifestó que su vehículo era de un amigo y que se lo había prestado, confirmaron fuentes judiciales.

A los dos conductores se le hizo test de alcoholemia y dio negativo. La chica de apellido Mallea fue la que sufrió heridas en su rostro y por tal razón fue trasladada al hospital para que fuera atendida.
En el hecho trabajó el ayudante fiscal Adrián Elizondo y el auxiliar Santiago Archilla, con orden del fiscal Sebastián Gómez de UFI Delitos Especiales.

/TSJ
Sociedad Sucesos
20 años de prisión para un hombre por abuso sexual reiterado contra dos menores con discapacidad

El Tribunal Colegiado condenó a R.P. a 20 años de prisión efectiva por abusar sexualmente de dos hermanos menores de edad, uno de ellos con discapacidad y otro con retraso madurativo. Los hechos ocurrieron en su domicilio en Capital, donde funcionaba un negocio de bebidas. La sentencia se dictó tras un juicio oral y público impulsado por el Ministerio Público Fiscal.
Este jueves, se dictó en San Juan dictó una condena de 20 años de prisión efectiva contra R.P., acusado de cometer reiterados abusos sexuales con acceso carnal en perjuicio de dos hermanos menores de edad, ambos en situación de vulnerabilidad. La sentencia se resolvió por unanimidad tras el desarrollo de un juicio oral y público, en el marco del legajo MPF-SJ-24473-2024.
Durante el debate, se acreditó que R.P. abusó sexualmente de M.R.P., una joven de 17 años con discapacidad, en al menos diez oportunidades entre abril y agosto de 2024. Los hechos ocurrieron en la habitación del domicilio del imputado, ubicado en el departamento Capital, donde también funcionaba un negocio de bebidas. El acusado se valió de engaños, violencia y su posición de poder para someterla, con la complicidad de una tía materna que tenía a su cargo a la menor.
Asimismo, se comprobó que R.P. abusó de G.P., hermano de M.R.P., cuando tenía 11 años (hoy 13), también en el mismo domicilio. El menor presenta retraso madurativo. El imputado lo sometió mediante el uso de fuerza y amenazas, ofreciéndole golosinas, gaseosas y dinero para garantizar su silencio.
El tribunal modificó la calificación legal propuesta por el Ministerio Público Fiscal y resolvió condenar a R.P. como autor de los delitos de abuso sexual con acceso carnal reiterado en perjuicio de M.R.P., en concurso real con el delito de abuso sexual con acceso carnal en perjuicio de G.P., conforme a los artículos 119 tercer párrafo, 55 y 45 del Código Penal.
Además, se ordenó la prisión preventiva del condenado en dependencias del Servicio Penitenciario Provincial hasta que la sentencia quede firme.
/DC
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